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¿Blinda el Régimen Especial de Baleares el descuento aéreo del 75%?

El Ministerio de Transportes asegura que sí, pero en el real decreto ley del REB el Consejo de Ministros se reserva modificar "el régimen y la cuantía" de la bonificación “por otro sistema de compensación”

La subvención de los vuelos de los residentes vuelve a la actualidad por la idoneidad o no del sistema que se aplica. Manu Mielniezuk

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) ha emitido un comunicado este jueves en el que asegura que “en ningún momento se ha planteado o analizado la posibilidad de modificar el sistema de subvenciones de los billetes de avión entre los archipiélagos balear y canario, Ceuta y Melilla y la España peninsular para residentes de estas regiones”. Sostiene que el régimen actual, el descuento del 75 %, “está blindado” por la Ley del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y la ley del Régimen Económico Especial de Baleares. ¿Qué dice la norma del archipiélago?

¿Es posible cambiar el modelo del 75 % por otro sistema?

En el real decreto ley del REB se deja claro que se podrá modificar “por otro sistema de compensación”. Es decir, es posible la sustitución del modelo vigente de la bonificación. Por ejemplo, subvencionar con una cuantía fija cada ruta, como recomienda desde 2020 la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), y también otros expertos en el tema. Así lo expresaron los investigadores que pusieron en común, en 2021, los tres informes que se han realizado hasta ahora sobre este tema: el de la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia, el de la AIReF y el de la Universidad Pompeu Fabra, encargado por el ministerio de Transportes.

Ahora bien, hay que tener en cuenta al Consell de Govern de la comunidad autónoma y debe haber un informe previo de la Comisión Mixta de Economía y Hacienda entre el Estado y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, prevista en el artículo 125 del Estatuto de Autonomía. Esta es la encargada de hacer el seguimiento de la aplicación del Régimen Especial Balear (REB). La vía para hacerlo sería un real decreto del Consejo de Ministros. 

¿Puede disminuir la ayuda para bonificar los vuelos de los residentes?

Según la ley del REB, si se cambia el sistema actual del porcentaje, ahora el 75 %, que se descuenta en los vuelos de los ciudadanos del archipiélago, “nunca podrá suponer una disminución de la ayuda prestada, un deterioro en la calidad del servicio, ni de la misma podrá resultar una reducción inferior a la aplicable en el archipiélago canario”.

¿Cómo está redactado el artículo que abre la vía a modificar el descuento aéreo?

En el Real Decreto-ley 4/2018, del 22 de febrero de 2019, del Régimen Especial de las Illes Balears, publicado al día siguiente en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se recoge lo relativo a esta cuestión. Es en el Título II sobre Transporte aéreo y marítimo, en el artículo 9, punto 4. 

“Oído el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y previo informe de la Comisión Mixta de Economía y Hacienda a que se refiere el artículo 3 de este real decreto-ley, mediante real decreto del Consejo de Ministros se podrá modificar o, en su caso, reemplazar el régimen y la cuantía de la bonificación prevista en este artículo por otro sistema de compensación. Dicha modificación nunca podrá suponer una disminución de la ayuda prestada, un deterioro en la calidad del servicio, ni de la misma podrá resultar una reducción inferior a la aplicable en el archipiélago canario”.

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