La compra de vivienda habitual y de un vehículo son habituales en miles de españoles cada año. Se trata de dos de las adquisiciones más importantes que se pueden realizar. Y no solo por la trascendencia cotidiana que tiene disponer de una casa o un coche, sino también por las consecuencias fiscales que implican dichas compras.

Lo cierto es que ya ha transcurrido más de un mes desde el pasado 6 de abril, cuando dio comienzo la Campaña de la Renta 2021, y muchos contribuyentes aún tienen dudas de cómo afrontar este proceso para muchos tedioso. De momento, hasta el 30 de junio, fecha en la que concluye el plazo para rendir cuentas con Hacienda, tienen tiempo para resolver las dudas que afloran en muchos ciudadanos, que en ocasiones desconocen toda la documentación necesaria a presentar las deducciones a las que tienen acceso o si deben incluir la adquisición de bienes. Para evitar errores de última hora es recomendable hacer un repaso antes de entregar la declaración.

En el caso de que compremos un automóvil, los planes Renove y Moves, este último limitado a los vehículos eléctricos, y sus ayudas para la compra de un vehículo nuevo tienen obligaciones en la declaración de la renta, pero también la adquisición de un coche de segunda mano. Tanto para el vendedor como para el comprador. A continuación desgranamos algunas de estas indicaciones que deben recogerse en la declaración de la renta.

Para el vendedor

El contribuyente que venda su coche deberá tributar en la declaración de la renta por la ganancia patrimonial que obtenga, y por lo tanto, están sujetos a gravamen siempre que el precio de venta sea superior al de compra, algo que, sin embargo, es muy infrecuente. Esto significa que, por lo general, no habrá que pagar impuestos por el dinero obtenido en la venta, toda vez que el valor del coche se ha depreciado con el paso del tiempo.

Los casos poco habituales en los que puede darse el caso, se producen, por ejemplo, en coches históricos que se han revalorizado con el tiempo, si lo compraste muy barato o si has efectuado alguna mejora o reparación que aumente su valor. En ese caso, sí que hay que declarar la ganancia patrimonial en la renta.

Para el comprador

La situación cambia para el comprador. La adquisición está gravada con el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, que determinan a través de las tablas oficiales el valor real del impuesto y las tasas pertinentes, de las que se informa en el Ministerio de Industria. La cuantía puede variar dependiendo de la Comunidad Autónoma, en función del porcentaje tributario que rige en cada lugar para estas compras. 

La base imponible vendrá también marcada por el valor de mercado que tenga el coche en el mercado, y que pasa por los años de uso del vehículo.

En estas transmisiones debe existir un contrato de compraventa entre comprador y vendedor. Asimismo, en el proceso de traspaso de propiedad hay que anotar la obligatoriedad de abonar el Impuesto de Circulación y las distintas tasas para el cambio de titularidad.

En resumen, las personas físicas asalariadas o jubiladas que hayan comprado un vehículo en 2021 no están obligadas a declararlo, puesto que al adquirirlo ya han pagado impuestos. Sin embargo, sí deben declarar las ayudas que recibieron del Gobierno para la adquisición del coche o moto, como el Plan Moves. En el caso de discapacitados o autónomos, por ejemplo, pueden deducir algo solo si el coche es nuevo, ni usados, ni seminuevos ni 'kilómetro cero'.