A partir del 5 de enero, se dará un nuevo paso hacia la defensa de los derechos de los animales y es que las mascotas serán reconocidas como "seres vivos de tota sensibilidad". Gracias a la reforma legal del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, los animales, que hasta este momento eran considerados objetos, pasarán a ser un miembro más de la familia a nivel legal.

El cambio del estatuto jurídico de las mascotas surge de esta triple reforma legal que fue aprobada el 2 de diciembre y publicada en el Boletín Oficial del Estado el día 16 de ese mismo mes. No hay ninguna fecha de entrada en vigor de esta medida en el BOE publicado, por lo que se aplicará la ‘vacatio legis’ lo que significa que, ante la ausencia de fecha, la entrada en vigor tiene lugar 20 días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, el miércoles 5 de enero.

Esta nueva norma que pone a los perros, gatos y otras mascotas y animales domésticos como “seres vivos dotados de sensibilidad” y miembros de la familia, regula la custodia compartida de los animales de compañía en caso de divorcio o separación y señala que no pueden ser embargadas o hipotecadas. Además, se prohíbe el abandono de los mismos y no se les puede causar ningún tipo de sufrimiento o dolor. Tampoco pueden ser utilizados como herramienta en la violencia de género ni se podrá disponer de ellas por testamento.

“Los animales son seres vivos dotados de sensibilidad. Solo les será aplicable el régimen jurídico de los bienes y de las cosas en la medida en que sea compatible con su naturaleza o con las disposiciones destinadas a su protección”, señala el BOE.

“La autoridad judicial confiará para su cuidado a los animales de compañía a uno o ambos cónyuges, y determinará, en su caso, la forma en la que el cónyuge al que no se le hayan confiado podrá tenerlos en su compañía, así como el reparto de las cargas y gastos asociados al cuidado del animal, todo ello atendiendo al interés de los miembros de la familia y al bienestar del animal”, indica el BOE.

El texto también indica que, al encontrar un animal perdido, debe entregarse a su propietario o quien sea el responsable de sus cuidados. Sin embargo, si hay indicios fundados de malos tratos o de abandono, deberá ponerse en conocimiento ante las autoridades competentes. Además, durante ese tiempo en el la persona ha tenido a la mascota hasta que ha vuelto a su dueño, el cuidador provisional podrá reclamar los gastos de curación y cuidado.

La modificación de la Ley Hipotecaria se refiere a que los animales de explotaciones ganaderas, industriales o de recreo no estarán incluidos en las hipotecas, y la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil alude a que los animales de compañía no son embargables ante impagos.