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Rebajan la condena a un pederasta porque la Policía se infiltró sin orden judicial

El TSJB anula gran parte de la investigación al entender que los agentes vulneraron derechos fundamentales cuando accedieron sin tutela a un grupo cerrado de la internet oscura - La pena pasa de seis años a siete meses de cárcel

El joven condenado, durante el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Palma. B.P.

El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha considerado ilegal la infiltración de la Policía Nacional en una red de pederastas de internet sin orden judicial. Las pesquisas permitieron detener a un joven en Palma que fue condenado por la Audiencia Provincial a seis años de cárcel por difundir material pedófilo que incluía violaciones y torturas a bebés. El TSJB anula la condena por distribuir las imágenes al considerar que se vulneraron derechos fundamentales, porque el policía encubierto accedió a un «grupo cerrado» sin tutela judicial. «En el Estado de Derecho no caben atajos», señala la sentencia. La sala solo valida el registro domiciliario, este sí autorizado por el juzgado, y mantiene en pie la acusación de tenencia de pornografía infantil porque el propio acusado lo admitió en el juicio para imponerle siete meses de prisión. Los magistrados estiman así en parte el recurso presentado el abogado defensor, Antoni Vicens.

La investigación se inició en 2016 por parte de la Brigada Central Tecnológica de la Policía Nacional. Los agentes detectaron en el internet oscuro -la red TOR- un enlace con instrucciones para acceder a una comunidad pedófila de intercambio de archivos mediante Telegram. Tras infiltrarse en este grupo, el policía encubierto logró ser invitado a un chat grupal de Skype en el que los usuarios se enviaban vídeos y fotos.

Gracias a esta infiltración, los policías pudieron hacer gestiones para identificar a través de la IP al acusado, un joven de 27 años residente en la barriada palmesana de Son Gotleu. Según detalla el TSJB, «hasta ese momento la actuación se verificó sin control judicial» y fue después cuando la Policía acudió a un juzgado de instrucción de Palma para confirmar, ya con autorización, esa misma información.

Los investigadores consiguieron permiso para registrar el domicilio del acusado el 7 de febrero de 2017. Encontraron varios dispositivos informáticos con material de pornografía infantil especialmente duro. Había, por ejemplo, vídeos y fotografías de dos bebés de pocos meses que sufrían diversas torturas y agresiones sexuales. En los soportes incautados se encontraron también pruebas de que los archivos se habían intercambiado con otros usuarios. La Audiencia Provincial de Palma le declaró autor de un delito de corrupción de menores agravado por la «brutalidad» del material.

El TSJB ha anulado ahora todas las investigaciones llevadas a cabo por la Policía Nacional sin control judicial. La sala destaca que los agentes tuvieron que acceder «a un grupo de mensajería cerrado» y que el policía utilizó una identidad falsa para ser invitado a esta comunidad . Este acceso a «comunicaciones grupales cerradas precisaban de autorización judicial», señala el tribunal, que en este caso no existía.

Autoinculpación

Los magistrados exponen que aunque se trata de investigar «delitos que repugnan a cualquiera deben respetarse cautelas como el control judicial para evitar abusos o desviaciones por parte de la Policía, ya que en el Estado de derecho no caben atajos».

Pese a declarar nulas estas actuaciones policiales, la sala no absuelve al joven porque él mismo reconoció durante el juicio que tenía acceso y poseía una gran cantidad de material pedófilo. Negó, en cambio, haber enviado estas imágenes a otras personas.

Así, el TSJB le declara en la nueva sentencia autor de un delito de tenencia de pornografía infantil con la atenuante de dilaciones indebidas y le impone una condena de siete meses de prisión. El fallo puede ser recurrido al Supremo.

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