El Juzgado de lo Penal número cuatro de Palma ha absuelto a una cuidadora de un delito de abandono de un paciente discapacitado psíquico en un centro psiquiátrico especializado. No obstante la resolución subraya que la encausada tuvo una «actitud negligente» y una «clara dejación de funciones», pero no considera que su comportamiento supusiera un peligro para la integridad física de esta persona que tenía a su cargo.

Los hechos juzgados tuvieron lugar la madrugada del 5 de octubre de 2020 en un centro de Palma especializado en la atención de discapacitados psíquicos. La sentencia precisa que un paciente se orinó encima y estuvo esa noche especialmente agitado. Por este motivo se le soltó una contención abdominal.

Por su parte, la acusada, asistida por la letrada Gloria Olmos, que esa noche controló por las cámaras de videovigilancia a esa paciente y aseguró que no observó que se hubiera orinado encima. También aludió a que otros internos habían reclamado su atención en esos instantes.

En la sentencia, la jueza subraya que la acusada «no ha dicho la verdad» en la vista, ya que las imágenes visionadas de las cámaras muestran al paciente orinado y con la contención abdominal suelta. Pero considera que no concurre el delito de abandono al no haber riesgo y una situación de desamparo del interno.