Indicios racionales de un delito contra la libertad e indemnidad sexuales. Se trata de una realidad que, según los abogados de dos de los policías que entraron a la fuerza en una casa de la calle Lagasca en Madrid, en pleno estado de alarma, pudo comprobarse en el lugar donde se estaba celebrando la fiesta, prohibida en pandemia. Los letrados apuntan la posibilidad de que en el interior del piso se estuviera celebrando un encuentro sexual de carácter lucrativo.

Así se señala en sendos escritos de de defensa, que firman el fiscal en excedencia y abogado Juan Antonio Frago y su compañera Verónica Suárez, de Frago & Suárez Abogados Penalistas, a los que ha tenido acceso El Periódico de España y en los que solicitan la absolución de los agentes. Además de no ver delito alguno de detención ilegal o allanamiento, aputan al igual que hace la Fiscalía que en este caso concurre una eximente que impide llevarlos a juicio porque cumplían órdenes.

Aunque la Fiscalía no acusa, este asunto sentará en el banquillo, ante un jurado popular, a cinco agentes y un subinspector de Policía, que se enfrentan a una petición de pena de 4 años de prisión y 6 de inhabilitación que solicita para ellos el abogado Juango Ospina en representación de la acusación particular. Al resto de agentes los defiende la Abogacía del Estado, y también concurre la acusación particular de un ciudadano inglés que era arrendatario del inmueble.

Entre los asistentes a la fiesta, y destacada porque fue la que se enfrentó a la policía desde el interior y llevó la voz cantante desde el interior del piso, esta defensa cita a I.R.I., que es bisnieta del que fuera ministro de la época de Franco

Ruidos, mobbing inmobiliario y una fiesta sexual

Según los escritos, en este caso concurrían indicios racionales suficientes de delito para entender que en el interior de la vivienda concurría delito flagrante que justificaba la entrada de la Policía. Entre ellos, los de desobediencia grave a agentes de la autoridad, emisión de ruido, de lesiones psíquicas y de acoso o 'mobbing' inmobiliario. Una vez en el interior, se descubrió "que podría estar sucediendo un delito contra la libertad e indemnidad sexuales (organización lucrativa de prostitución de alto nivel para los visitantes de Oriente Medio), que requerirá el debido interrogatorio", reza el escrito.

Esto último sería desconocido por los agentes de la autoridad al momento de abrir la puerta, pero una vez en el interior encontraron "indicios muy evidentes" entre los que cita una cama deshecha, maletas abiertas, la escenografía de la casa, "concurrencia de jóvenes señoritas -españolas, del este, etc.- con ciudadanos de Oriente Medio que aún no se ha explicado cómo entraron en España en plena pandemia y se dice ahora que están ilocalizables". Todo ello, según esta parte, genera "un panorama que habrá de dilucidarse" si cuando el asunto llegue a juicio.

En este caso, el arrendatario del piso "nunca les manifestó nada a los agentes antes de quetiraran la puerta abajo, al estar incapacitado por el alcohol y/o otras sustancias", mientras que quien se erigió en representante de todo el colectivo fue I.R.I. 

"Es evidente que a ninguna de las intervinientes en la fiesta le hubiera gustado tener que explicar qué hacía en aquella fiesta con esas otras personas cuando se recibiera la multa y fue la razón por la que se atrincheraron en el piso", concluyen las defensas.

Esta parte apunta también la existencia de "evidentes presiones", que llevaron a la Policía Nacional a liberar a todos los detenidos, algunos indocumentados, con un autojudicial declarando lícita la detención. Posteriormente, la Audencia de Madrid archivo la causa contra estas personas y ordenó perseguir penalmente a los policías, dando origen a esta causa.

"No sabéis con quién os la estáis jugando"

Los escritos añaden una transcripción de lo ocurrido en el interior de la vivienda (cuyos vídeos se adjuntan) en los que la mujer que parecía representar al resto de asistentes a la fiesta se dirige a los agentes con expresiones como "no saben con quién se han metido, se les va a caer el puto pelo", "no sabéis con quien os la estáis jugando", "Cómo sé que no sois gente disfrazada de policía".

Los escritos aluden a numerosa jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional sobre condenas por desobediencia dictadas contra quienes no se identifican ante agentes de policía.

La Fiscalía, al contrario que esta parte, sí ve allanamiento en la conducta de cinco de los agentes, si bien agrega que concurre la eximente completa de obrar en cumplimiento del deber, mientras que el mando que ordenó la entrada carece igualmente de responsabilidad penal porque el Código Penal no tipifica de forma expresa la modalidad de "imprudente" en este delito. 

Los escritos relatan cómo que sobre las 00:50 horas del 21 de marzo de 2021, se requirió la presencia policial en un inmueble sito en la calle Lagasca de Madrid. El aviso obedeció a que en un piso situado en la segunda planta se estaba celebrando una fiesta que incumplía las restricciones establecidas durante el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, “medidas entre las que se encontraba la prohibición de reuniones de personas no convivientes en lugares privados”. El escrito de la Fiscalía también precisa que la citada vivienda “tenía apariencia exterior de ser una vivienda turística por las características del sistema de apertura con llave magnética”.