La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un hombre contra la sentencia de un juzgado de Instrucción de Cartagena que en septiembre pasado lo condenó a noventa euros de multa por agredir a su hermano tras decirle que su barco “parecía un supositorio”. La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, confirma así la dictada por el juzgado, que lo condenó como autor de un delito leve de lesiones por las heridas que produjo al denunciante, que durante varios días tuvo dificultades para abrir la boca por las mismas.

La resolución recurrida declaró probado que los hechos se produjeron en junio de 2021 en el puerto de Cabo de Palos (Cartagena), donde el hermano tenía amarrado el barco y lugar al que acudió el acusado, quien le hizo aquel comentario sobre la forma del mismo.

A continuación, añadía el relato de hechos probados, le propinó varios puñetazos en la cara, causándole lesiones que tardaron cinco días en curar y que se concretaron, mayormente, en dolores en la boca, con dificultades para abrirla.

La condena fue de noventa euros de multa y la obligación de indemnizar con 200 euros al perjudicado, con el que el acusado no podrá comunicarse durante seis meses.

En su recurso, este alegó que se había vulnerado el derecho a la presunción de inocencia y que el juzgado había incurrido en error a la hora de valorar las pruebas aportadas al juicio.

Al rechazar esas alegaciones, el tribunal de la Audiencia confirma la resolución apelada al declarar que se le condenó con pruebas bastantes para considerarlo autor de los hechos.