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Tribunales

Un juez de Vigo avala el despido de un taxista a su hija dada su “firme” y “recalcitrante” desobediencia

El caso llegó a un juzgado laboral ya que el progenitor, jubilado, contrató a su descendiente como conductora de su propiedad

Un taxi circulando ayer por la tarde por el casco urbano de Vigo. PABLO HERNÁNDEZ GAMARRA

Una relación familiar y empresarial que saltó por los aires. Un juzgado laboral de Vigo ha avalado la decisión de un padre jubilado de despedir disciplinariamente a su propia hija, a la que tenía contratada como conductora del taxi de su propiedad. Tras más de una década de vínculo laboral y después de resentirse la relación personal, este progenitor acabó cesando a su hija al atribuirle un “malicioso retraso” en la entrega de la recaudación y los justificantes de ingresos y gastos que generaba la explotación del vehículo. Y el juez le da la razón al concluir que la conducta de la mujer es merecedora del “reproche culpabilístico” que recoge la carta de despido: hubo transgresión de la buena fe contractual y una “firme y recalcitrante desobediencia” a la hora de cumplir los “legítimos” requerimientos realizados.

Este caso ya protagonizó una sentencia que acabó siendo anulada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG). En el nuevo fallo con fecha del pasado 31 de marzo dictado por el Juzgado de lo Social 5 de Vigo el juez arranca concretando que esta mujer y su padre rubricaron por escrito en 2007 un contrato de trabajo indefinido por el que ella prestaría servicios como chófer a tiempo completo para él con un vínculo sometido al convenio colectivo del autotaxi. Según dicho acuerdo, ella se encargaría de explotar el taxi que estaba a nombre de su padre, haciéndose cargo de todas las gestiones documentales y gastos, y debiendo hacer entrega a su/s progenitor/es “de parte del producto de la recaudación” una vez deducida la retribución que le pertenecía. La relación de padre e hija se enrareció, se cita también en la resolución, a raíz del divorcio de los progenitores, aprobado judicialmente en 2013 y en virtud del cual, tras la compleja liquidación de la sociedad de gananciales, se adjudicó finalmente en 2019 al hombre la licencia de taxi, regulándose además una serie de créditos relacionados con la explotación de dicho vehículo.

Requerimientos

Pues bien, con este contexto de malas relaciones personales como telón de fondo los hechos que derivaron en el despido se precipitaron ese 2019. Durante ese año el padre realizó tres requerimientos a su hija exhortándole a la entrega de la recaudación del taxi, así como los justificantes del taxímetro, comunicándole nuevas condiciones en la relación laboral. Ante las “evasivas” y “respuestas” de la mujer, le impuso una sanción de amonestación y le envió otro burofax “condescendiendo” a una de las peticiones de ella. Pero, al no obtener respuesta, en diciembre de ese año le remitió una carta notificándole el despido disciplinario “imputándole por esos retrasos y apropiación dineraria una infracción muy grave por transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza” tipificada en el Estatuto de los Trabajadores.

El magistrado, en una sentencia contra la que aún cabía recurso, valida el despido. Y ello porque la mujer, de “manera palmaria”, opuso “toda clase de resistencia” y todo tipo de “trabas y excusas” a la hora “de presentar a su padre-jefe la liquidación que éste insistentemente” le requería. “Y ello pese a que el demandado siempre ha ocupado la posición de empleador, tanto al momento de formalización del contrato, como tras su divorcio, el pleito sobre la liquidación de la sociedad de gananciales o la adjudicación a su favor de la licencia del taxi y del vehículo asociado”, afirma. Con su actitud, la trabajadora privó a su padre, en su condición de empleador, “de llevar a cabo una labor fiscalizadora de la gestión que había estado llevando su empleada”. Dado que la propia hija encauzó su reclamación judicial hacia su progenitor como “vínculo laboral” , debe atenerse a las reglas de ese tipo de relación y eso entraña, resume el juez, “el deber de obediencia y subordinación a las órdenes legítimas impartidas por el empresario”.

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