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Cáceres

El fiscal del Supremo también rechaza la revisión del fallo de derribo de Isla Valdecañas

En un informe al que ha tenido acceso este diario, asegura que los documentos aportados no indican que la Junta se retracte de que no fuera Zepa. Señala, además, que la solicitud de revisión está fuera de plazo y solicita su retirada

Vista general de la zona de las piscinas del interior del complejo Marina Isla de Valdecañas desde el club social. E. P. Ex.

El fiscal del Tribunal Supremo, Francisco Moreno Carrasco, se opone a la revisión de la sentencia que ordena el derribo total del complejo Marina Isla de Valdecañas, según un informe al que ha tenido acceso este diario. Esta petición de revisión del fallo emitido por el propioSupremo en febrero de 2022 fue solicitada en junio por el promotor del complejo, José María Gea, después de tener conocimiento de que la declaración de la isla como Zona Zepa no se hizo por los cauces actuales, es decir, ni mediante resolución administrativa expresa ni mediante acuerdo expreso del Consejo de Gobierno de la Junta. Por ello, el promotor entiende que solo habían existido meras propuestas de declaración nunca aprobadas y para ello aportó unos documentos recuperados con posterioridad a la sentencia y que señala en su demanda como "trascendentes". 

Conocido este hecho, que se ha convertido en la baza principal de las partes que se oponen al derribo, De Gea solicitó al alto tribunal un procedimiento extraordinario de revisión de la sentencia. Es un proceso que se contempla en la ley en los casos en que concurren hechos o circunstancias de los que cabe deducir que, de haber sido conocidos, la sentencia que se hubiere dictado sería distinta.

Pues bien, esto es lo que considera De Gea que debería ocurrir y así lo solicitó después de preguntar al presidente de la Junta por el expediente de resolución de la zona Zepa de Valdecañas y obtener como respuesta un escrito de la consejera de Transición Ecológica. En ese escrito se señala que no existía una resolución administrativa expresa de la consejería competente en materia de medio ambiente, sino solo unas propuestas de declaración de Zepas remitidas por el director general de Medio Ambiente de la Junta durante los años 2003 y 2004 y que habrían sido preparadas ante un procedimiento de infracción que la Comisión Europea habría iniciado contra España para que protegiera más territorio. Añade el escrito firmado por la consejera Olga García que "la administración no determina el alcance de su incidencia en el expediente objeto de consulta". 

Moreno Carrasco señala además que la ausencia expresa de declaración de la Zepa nunca fue cuestionado

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Y para el fiscal del Supremo estas palabras de la consejería no suponen que la Junta se retracte de modo alguno de que Valdecañas no es una Zepa. Moreno Carrasco precisa en su informe que "no puede entenderse en absoluto que el documento de la consejera sea una retractación, mientras que de los otros aportados ni siquiera parece que la parte lo pretenda". 

Habla de que Olga García se expresa en "prudentes términos en los que no hay nada de retractación. De hecho, llama la atención su expreso aviso de que con su manifestación la administración no determina el alcance de su incidencia en el expediente objeto de consulta". Un expediente, además, que no se aporta en la demanda: "ni se conoce la pregunta (realizada por De Gea a Vara) ni se conoce el expediente", sostiene el fiscal. "Lo que hace la administración por boca de su consejera es mencionar resoluciones publicadas en el Diario Oficial de Extremadura que hacen referencia a la Zepa controvertida (su plan de uso y gestión y el decreto que regula la Red Natura 2000 en Extremadura), tan existente como para dar lugar a resoluciones y publicaciones de tal naturaleza", insiste.

Moreno Carrasco añade que en la documentación aportada la administración tampoco manifiesta "de forma explícita, consciente y reflexiva que en la misma existió falsedad intelectual o material". Y entiende el fiscal que sin retractación o demostración de falsedad por un órgano administrativo no se cumplen los requisitos exigidos para revisar de forma extraordinaria una sentencia firme.

Fuera de plazo y "nunca cuestionado ni debatido"

Pero además, en su informe, el fiscal del Supremo da otra razón principal para rechazar la petición del promotor: y es que este recurso de naturaleza extraordinaria se presentó fuera del plazo legalmente establecido. Entre el fallo y la demanda de revisión no deben pasar más de tres meses y en este caso se superan. La sentencia de derribo total del Supremo se dictó el 9 de febrero del 2022 y la demanda fue presentada el 28 de junio de 2022. De Gea declara por escrito que no tuvo conocimiento de los documentos sobre la Zepa hasta el 4 de abril, "pero la parte no hace el menor esfuerzo para que esta sala pueda dilucidar el efectivo cumplimiento del plazo tan excepcional y restrictivo, por lo que es obvio que incumple plenamente una obligación que a ella le corresponde, por lo que por este motivo el recurso de revisión debe ser inadmitido".

Por último, el informe del fiscal del Tribunal Supremo valora que "ninguna de las partes hizo cuestión de lo que ahora se pretende y las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura lo calificaron como hecho no controvertido". Ni siquiera el promotor ni la "tan cualificada" Junta de Extremadura usaron esta línea de defensa procesal de sus intereses (la falta de declaración expresa de la Zepa) cuando les correspondía:"nunca fue cuestionado ni debatido". 

Añade que la construcción jurídica que da lugar a la revocación del PIR (Proyecto de Interés Regional) de Valdecañas "va mucho más allá" y que en esta demanda "se articula el espejismo de ‘gran aparición’ sobre la base de una especie de obiter dictum en un escrito de la administración que apenas puede comprenderse como una respuesta a una pregunta que no se nos ha permitido conocer en qué términos se hizo".

Y concluye que la pretendida revisión de la sentencia de derribo total "no es sino una especie de fugaz alfilerazo poco definido contra una posición jurídica perfectamente explicada y consolidada". Por todo ello, considera que se debe inadmitir dicha demanda y desestimarse.

El fiscal del Tribunal Constitucional rechaza el argumento del alto coste económico

La Fiscalía del Tribunal Constitucional se ha mostrado contraria a los argumentos esgrimidos por la Junta de Extremadura en su recurso de amparo contra la sentencia del Supremo que obliga a la demolición completa del complejo Marina Isla de Valdecañas. En su informe, firmado por el fiscal Pedro Crespo Barquero con fecha 17 de marzo, solicita que se desestime la demanda ya que no aprecia ninguna vulneración de derechos fundamentales como alega el Gobierno regional. Asimismo, rechaza el resto de los argumentos aportados por la administración extremeña, entre ellos, el alto coste económico que supondría tirar abajo todas las edificaciones del complejo. El informe, remitido por el propio Constitucional, señala que "una administración pública condenada al pago de una cantidad no puede en ningún caso obstaculizar o impedir la ejecución de la resolución judicial oponiendo que no tiene fondos para pagar, sin perjuicio de que se articulen medidas oportunas para que ese pago no genere un quebranto grave a su equilibrio presupuestario".

Tras la remisión del informe a las partes, los socialistas apuntaron que se trata de "un trámite procesal más" que no causa ninguna sorpresa, pero Fernández Vara ha sido mucho más rotundo. "Parece que nadie se acuerda ya de que el Parlamento extremeño hace 15 días ha aprobado una ley que resuelve la situación de Valdecañas". Según Fernández Vara, lo que se ha buscado es una figura jurídica que permitiera resolver el problema urbanístico del complejo. El resultado: la aprobación de esta polémica ley basada en la premisa de que nunca existió zona de especial protección de aves (en este y otros 54 entornos de la región) porque no hay documento que lo acredite expresamente. Y el informe de la Fiscalía del TC, coincidente en el tiempo, obedece a que tanto este órgano como la Junta están trabajando "en paralelo" en el tema, pero cada una en su línea.

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