Diario de Mallorca

Diario de Mallorca

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Entrevista
MARÍA DOLORES LOZANO Presidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAF)

"Quien mete a su nueva pareja en casa se ve abocado a perder la vivienda aun con la custodia total de sus hijos"

"Cada vez hay más tenencias compartidas y eso genera un problema sobre quién se queda el piso"

María Dolores Lozano, presidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia (Aeafa), en una céntrica calle de Madrid. DAVID CASTRO

María Dolores Lozano (Cieza, 1966) preside la Asociación Española de Abogados de Familia, formada por 2.500 miembros, y estará mañana en Oviedo para participar en el primer congreso nacional sobre los conflictos con la vivienda tras los divorcios.

–¿En España nos divorciamos bien o mal?

–Yo creo que, en general, nos divorciamos bien. Según las estadísticas del Consejo General del Poder Judicial, de los 150.000 procesos de separaciones y divorcios que se producen, más de la mitad son de mutuo acuerdo. El resto son procedimientos contenciosos. Lo que ocurre es que son muy litigiosos y pueden dar lugar a incumplimientos por impago de pensiones, por no cumplir el régimen de visitas, por no cumplir el sistema de custodia que se haya establecido... En principio, somos una ciudadanía que nos gusta conciliar y eso es gracias a la abogacía especializada que nos dedicamos a estos temas.

–¿Qué tiene que saber respecto a la vivienda un matrimonio cuando decide separarse?

–Hay que pensar que en España la vivienda es el componente principal de riqueza de una familia. Casi el 80% tiene un inmueble en propiedad. La vivienda es, por tanto, el elemento más importante de la economía de las familias y los gastos que genera absorben una parte importantísima de las rentas disponibles. Cuando se produce una crisis matrimonial, uno de los temas que más se discute es quién se queda con la vivienda. La hipoteca va mucho más allá de la duración de un matrimonio. En este sentido, cundo tenemos una familia con sueldos por ambas partes, quizá los ingresos sean suficientes para abordar todos los gastos familiares. Sin embargo, cuando hay una crisis de pareja y tenemos que distribuir los ingresos de cada uno para hacer frente a dos viviendas y a los gastos de los niños, entonces se convierte en un tema complicado. El destino de la vivienda es uno de los temas que más litigio genera.

–Las custodias compartidas se han duplicado en la última década. ¿Cómo afecta esto a la vivienda?

–El Código Civil establece que el progenitor que posea la guarda y custodia de los hijos tendrá asignado el uso de la vivienda hasta que estos cumplan 18 años. Ese es el tope, lo cual no significa que se pueda establecer un plazo superior si hay una necesidad económica. Pero cuando hablamos de custodia compartida aquí entra una situación distinta, que no está prevista en nuestro Código Civil. En custodia compartida los dos tienen la guarda y custodia de los hijos; los dos tienen, por tanto, derecho a tener el uso de la vivienda. Pero no vamos a tener la casa el mismo tiempo, no vamos a establecer por norma general una casa nido. Entonces, aquí o se llega a un pacto de liquidación de la vivienda o al acuerdo de que uno de ellos haga uso de la vivienda durante un plazo. Ese es uno de los avatares más complicados que tenemos hoy en día.

–¿Qué pasa si el cónyuge que se ha quedado con la vivienda familiar rehace su vida y mete a su pareja en casa?

–Se arriesga a que la otra parte solicite en el juzgado una modificación de medidas, pidiendo que se deje sin efecto la atribución de uso de vivienda que le hicieron en su momento para ella o él y los niños. La parte reclamante, además, encontrará una respuesta afirmativa en el juzgado, porque ya hay jurisprudencia de nuestro Tribunal Supremo –esto es cuando hay más de dos sentencias en el mismo sentido–. Con lo cual, aunque los niños fuesen menores de edad, incluso aunque tuviera la guarda y custodia en exclusiva de los hijos, se vería abocada a perder el uso de la vivienda, que podría venderse en este caso a un tercero.

–¿Este problema de la vivienda se ve agudizado por el retraso en la resolución de los procedimientos judiciales?

–Claro. Desde que se produce una crisis de pareja que acaba en divorcio, se pueden pedir medidas transitorias para que se regule de forma temporal la situación. Hay juzgados que funcionan con mucha agilidad, pero otros no tanto. No en todas las ciudades hay juzgados de familia y hay una falta de medios importante. Hay sitios donde la resolución de un conflicto, en vez de tardar seis o siete meses, se alarga dos años o dos años y medio.

–El Defensor del Pueblo ha denunciado en varias ocasiones las carencias existentes en los equipos psicosociales.

–Hay equipos psicosociales que funcionan fenomenalmente bien, pero en la mayoría de los casos no. Faltan medios, no hay suficientes psicólogos, no hay suficientes trabajadores sociales, no hay suficientes mediadores... Y eso motiva que a la hora de hacer valer una prueba tan importante como es la pericial para realizar una evaluación sobre las habilidades parentales o sobre las dinámicas familiares, con el objetivo de decidir cuál es el sistema de guarda y custodia más adecuado, se tarde mucho tiempo. Desde que se solicita ese informe hasta que el equipo lo emite hay sitios donde transcurren más de dos años. Eso supone una dilación importante en la resolución del conflicto y consolida situaciones de hecho. Un niño que lleva un año viviendo solo con su madre o con su padre, puede llevar a que el niño se acostumbre y sea más fácil decir al juez: "Lo dejamos así porque ya está acostumbrado". Y no, eso va en contra del interés de los niños.

–Cada vez tendrán más casos de divorcios con mascotas de por medio.

–Las mascotas están afortunadamente protegidas y amparadas por la ley. Cuando hay niños, se procura que las mascotas, dentro de su naturaleza, puedan compartir los tiempos con los niños. Y si no hay hijos, se tiene que hacer un procedimiento contencioso.

Compartir el artículo

stats