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Sentencia en Barcelona

Multa de 26.370 € a los padres de una menor que atropelló en bici a una peatona

Los progenitores no tenían seguro cuando la muchacha de 17 años arrolló a una viandante que cruzaba un paso de peatones en Villafranca del Penedès

Un ciclista esperando cruzar la calle, en una foto de archivo. EPC

Los padres de una menor adolescente que atropelló con su bici a una mujer que atravesaba un paso de peatones han sido condenados a pagar 26.370 euros de indemnización porque la infractora no respetó la señal. La víctima resultó herida y, además, arrastra como secuelas una deficiencia auditiva y vértigos. La sentencia de la Audiencia de Barcelona, a la que ha tenido acceso EL PÉRIÓDICO DE CATALUNYA, medio que pertenece, al igual que este diario, al grupo editorial Prensa Ibérica, pone de relieve "la responsabilidad de los progenitores por los daños causados por sus descendientes que se encuentre bajo su guarda". En este caso, la condena se extiende a su descendiente por su capacidad de comprender su acción. Los abogados consultados por este diario resaltan la importancia de la necesidad de contratar seguros o, incluso, apuestan por la obligatoriedad de los mismos, para poder conducir bicis o vehículos similares como los patinetes eléctricos. 

La Sección Primera de la Audiencia de Barcelona ha ratificado la base de la sentencia que dictó un juzgado de primera instancia de Cornellà de Llobregat. El tribunal condena a los padres de la autora del accidente, que cuando ocurrieron los hechos, en el 2014, tenía 17 años, a desembolsar 26.370 euros, más los intereses. El despacho de Alejandro Pérez Fuster, que representa a la víctima, destaca que deben pagar esa cantidad los progenitores porque estos no tenían un seguro que cubriera la responsabilidad de su hija menor de edad. “Es importante que patinetes y hasta bicicletas tengan un seguro obligatorio para evitar que se puedan poner en peligro patrimonios personales por conductas hasta de sus hijos menores de edad”, sostiene el bufete. Las lesiones fueron calificadas de graves, aunque mejoraron con el paso del tiempo.

Reparto de culpas

El atropello se produjo a las 20.12 horas del 6 de agosto del 2014, cuando la víctima cruzaba un paseo de peatones en la avenida Pla del Diables, en Vilafranca del Penedés, y fue arrollada por la bicicleta conducida por la menor y que, según recalca la demanda, circulaba a alta velocidad, “desatenta a las circunstancias del tráfico” y sin respetar la preferencia de las personas que pretendían cruzar la calle. La sentencia ratificada por la Audiencia distribuyó las culpas del atropello en un 70% a la joven que conducía la bicicleta y en el 30% restante a la peatón que resultó lesionada. Ambas resoluciones se basan en el artículo del Código Civil que establece que “los padres son responsables de los daños causados por los hijos que se encuentran bajo su guarda”.

La sentencia precisa que la prueba practicada permite acreditar que la conductora de la bicicleta circulaba a “una cierta velocidad” y se adentró en el paso de peatones “sin reducir la marcha, ni asegurarse de que estaba en situación de atravesarlo sin riesgo para la seguridad vial de los peatones que pudieran transitar por el lugar y que gozaban de preferencia”. Esta acción, inciden los magistrados, “convierte a la ciclista en la máxima responsable del suceso”, aunque precisa que la viandante atropellada “debió extremar la precaución al adentrarse en el cruce y hubiera sido aconsejable que redujera la marcha”. La afectada no comprobó que pasaba una bicicleta y no se cercioró que pudiera cruzar la calle con seguridad. De ahí que se repartan las culpas al valorar el accidente y la indemnización fijada. Además de las secuelas, los togados también han estimado otorgarle una cantidad a la víctima porque tuvo que abandonar la práctica del fútbol y el equipo en el que militaba.

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