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Demanda

Indemnización por una negligencia mortal al tratar una infección de orina

La familia de un paciente ingresado en un hospital y en un centro sociosanitario de Tarragona recibirá 120.000 euros

Francisco y Estopa.

El 18 de abril del 2020, un mes después del estado de alarma por el covid y el confinamiento, Francisco Estopa se estaba afeitando y empezó a marearse y a sentir un fuerte dolor de cabeza. Su mujer avisó a una ambulancia y fue trasladado al hospital público Joan XXII de Tarragona. Tras casi dos meses ingresado en este centro y en un sociosanitario, falleció. La deficiencia asistencia y tratamiento de una infección de orina acabó con su vida. Una compañía de seguros ha indemnizado con 120.000 euros a la familia para evitar ir a juicio. El magistrado de Barcelona que tramitó la demanda avaló ese acuerdo.

Francisco tenía 74 años. Era un hombre activo. Cuidaba la finca familiar, el jardín de la casa, hacía de carpintero, viajaba. Su vida se truncó ese 18 de abril tras sufrir un ictus en el cerebro. Cuando llegó al hospital de Tarragona se le hicieron pruebas e ingresó en la UCI. Los primeros días se mantuvo estable. Después, se le trasladó a la planta de neurología. Allí se le detectó una infección de orina por la bacteria E.coli, que fue tratada y curada. Al cabo de 10 días, los médicos tuvieron que operarle de urgencia al detectarle una acumulación de líquido en el cerebro. La intervención fue bien.

Francisco volvió a la UCI y después a la planta de neurología. A pesar de las precauciones, se infectó del covid, aunque no tuvo síntomas. El aislamiento y la falta de contactó con la familia le sumió en una depresión. “Los doctores se había desentendido y simplemente estaba aparcado esperando una cama en un sociosanitario”, asegura su familia. Al final, el 1 de junio, fue trasladado al Centro Sociosanitario Francolí, de Tarragona. A partir de ahí, todo fue de mal en peor. Vómitos, mareos, fiebre.

"Defecto de pericia"

En este centro se le diagnostica de nuevo otra infección urinaria. El tratamiento, según la demanda, no fue el adecuado. “Hay un defecto de pericia evidente en el presente caso que indica la relación causal entre la asistencia y el fallecimiento del paciente, puesto que cuando se tiene los datos de la infección y de niveles de sodio no se ordena ninguna medida para evitar la progresión del shock séptico” (hipotensión arterial peligrosa), relata la demanda firmada por el abogado José Aznar Cortijo, de Verdún Legal.

“La atención médica y el estado de salud fue cada vez peor”, asegura la familia de Francisco. Los empleados llegan a llamar a su mujer para que vaya a comprar antibiótico. La fiebre no bajaba. Ante esta situación, los parientes gestionan el traslado a la Clínica Guttmann. El día 9 de junio, a las pocas horas de ingresar en este centro, el hombre fallece. En el dictamen médico aparece por primeva vez: “retención urinaria no especificada”.

En la demanda se denuncia la “deficiente asistencia médica” prestada a Francisco en el Hospital Joan XXIII y el Centro Sociosanitario Francoli. “Tras dos meses de hospitalización, haciendo superado un ictus, una intervención de neurocirugía y una infección por covid, murió de sepsis a causa de una infección urinaria que no fue tratada a tiempo”, recuerda la familia.

Según el abogado de la familia, se ordenó seguir dando suero al paciente, incrementando el nivel de socio y un incremento de su concentración en la sangre, lo que estaba causando “los síntomas claramente observables y anotados en el curso clínico y de enfermería”, cuando “debía haberse tomado la decisión de administrar otro suero distinto del que se estaba poniendo” para evitar el aumento de estas sustancia que, junto a la infección, “determinó el fallecimiento” de Francisco.

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