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Sentencia

Nueva condena a la Sanidad valenciana por la falta de protección de los médicos en pandemia

El fallo determina que la conselleria debe pagar entre 2.000 y 6.000 euros a los facultativos

Mascarilla FFP2.

El juzgado de lo social número 1 de Benidorm ha dado también la razón al Sindicato Médico de la Comunitat Valenciana CESM-CV en un nuevo fallo que ha condenado a la Conselleria de Sanitat a indemnizar a los médicos por la desprotección a la que fueron sometidos durante la primera oleada de la pandemia por covid-19. CESM-CV, en un comunicado, manifiesta su satisfacción por el reconocimiento de otro juez del "incumplimiento por parte de la Conselleria de Sanitat de sus obligaciones de proporcionar elementos de protección a sus trabajadores, del grave riesgo que ha supuesto esta actitud negligente para la salud, integridad y seguridad de los mismos".

La sentencia, según el fallo "demoledor" hecho público por el sindicato médico, condena a la administración sanitaria a adoptar las medidas evaluación y riesgo de los puestos de trabajo, así como a la adopción de medidas protección y a indemnización a los trabajadores por el daño y perjuicio causado a sus trabajadores durante los meses de marzo, abril y mayo de 2020.

La sentencia el juzgado de lo Social nº 1 de Benidorm declara que la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana "tiene la obligación, en aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, frente a sus trabajadores, de adoptar medidas y medios de protección tanto colectivos como individuales, habiendo infringido dicha obligación desde el conocimiento que se tenía de la existencia de una pandemia de covid-19 y, especialmente, desde la declaración del estado de alarma, acordado por el real decreto 463/20 de 14 de marzo de 2020.

"Que el incumplimiento de las medidas de prevención individual ha significado un grave riesgo para la seguridad y la salud de todos los trabajadores sanitarios, especialmente para el personal facultativo, por su exposición directa al riesgo de contagio que ha significado" , añade la sentencia, que declara que los facultativos sanitarios enumerados en el hecho probado segundo de la sentencia "tienen derecho a ser indemnizados por los daños y perjuicios personales y morales" por la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana.

Se condena a la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana a la adopción inexcusable de las medidas de protección, previa evaluación de los riesgos y puestos de trabajo por los servicios de prevención correspondientes. Asimismo el departamento sanitario debe dotar a los profesionales de los medios de transporte y protección individual en la atención domiciliaria sea en jornada ordinaria o en atención. Así se dotará al personal de los equipos de protección compuestos, al menos, por soluciones hidroalcohólicas, batas impermeables, mascarillas FPP2, FPP3, gafas de protección, calzas específicas, guantes y contenedores grandes de residuos.

La conselleria deberá indemnizar a los trabajadores con cantidades de entre 2.000 y 6.000 euros, aunque el equipo jurídico de CESM-CV estudia recurrir la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de la C. Valenciana para que las cantidades a indemnizar se ajusten a lo reclamado en la demanda y conforme acordó en la anterior sentencia el Juzgado de lo Social número 5 de Alicante. 

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