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Deià sancionará con hasta 3.000 euros las pintadas en los espacios protegidos

La nueva ordenanza para fomentar el civismo en el espacio público del pueblo de la Serra entró en vigor el pasado jueves

La norma aporta herramientas «efectivas» para afrontar las «nuevas situaciones» que alteran la convivencia ciudadana

Vista general del pueblo de Deià, en la Serra de Tramuntana. Tono Balaguer

La nueva ordenanza reguladora de medidas para fomentar y garantizar el civismo y la convivencia ciudadana en el espacio público de Deià entró en vigor el pasado 25 de abril tras su publicación en el boletín oficial de la comunidad autónoma. A partir de ahora, por citar un ejemplo, la realización de pintadas sobre monumentos o edificios catalogados, así como en elementos naturales ubicados en espacios protegidos, se considerará una infracción muy grave y será sancionable con multas de entre 1.501 y 3.000 euros, mientras que serán graves los grafitis en otros elementos urbanos de carácter público, con multas de 751 a 1.500 euros.

La nueva ordenanza pretende ser una «herramienta efectiva» para hacer frente a las «nuevas situaciones y circunstancias que puedan afectar la convivencia o alterarla». El texto contempla importantes sanciones para todas aquellas actividades que pueden provocar molestias y atenten contra la «dignidad y los derechos» del resto de la población, así como a la «pluralidad de expresiones culturales, políticas, lingüísticas y religiosas y de formas de vida diversas existentes en Deià».

Respecto a las normas de conducta en el espacio público, la ordenanza prohíbe «toda conducta de menosprecio a la dignidad de las personas» y cualquier «comportamiento discriminatorio de contenido xenófobo, racista, sexista o lgtbifóbico», especialmente cuando tengan por objetvo las personas mayores y menores y las que sufren alguna discapacidad. En estos casos, las sanciones pueden oscilar entre los 500 y los 1.500 euros. 

El vertido indebido de residuos tiene un capítulo específico en la nueva ordenanza, que prohibe lanzar al suelo cualquier tipo de residuos sólido o líquido, una práctica que puede ser sancionada con 100 euros si la infracción es leve, o con 600 euros si es muy grave. Lanzar al suelo residuos que dejen marca «difícil o imposible» de eliminar, como los chicles, se castigará con 150 euros. Además, los infractores deberán limpiar ellos mismos la suciedad.

Realizar las necesidades fisiológicas en la vía pública (defecar, orinar o escupir) puede costar de 300 euros a 1.500 si se lleva a cabo en espacios de concurrida afluencia de personas. Las actitudes vandálicas en el uso del mobiliario urbano también se sancionará con multas de hasta 3.000 euros. 

La contaminación acústica, uno de los problemas recurrentes en zonas turísticas o donde abundan los alquileres vacacionales, también está regulada en la ordenanza. Así, está prohibido perturbar el descanso y la tranquilidad de los vecinos con aparatos de televisión, radio u otros dispositivos sonoros, así como los cantos, los gritos o las peleas en las calles. En estos casos, los infractores se enfrentan a multas de entre 100 y 1.500 euros. Esta última sanción se aplicará si la alteración de la tranquilidad se produce entre las 23 y las 6 horas de la madrugada, o si es causada «de forma masiva por grupos de ciudadanos que inviten a la aglomeración».

La nueva normativa especifica que la imposición de sanciones «no exonera a la persona infractora de la obligación de reparar los daños causados», aunque también contempla la posibilidad de sustituir las sanciones económicas por trabajos en beneficio de la comunidad.

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