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Parque natural del Llevant

El parque natural del Llevant solo autoriza tres chiringuitos y deben cerrar a las 20 horas

El PORN permite una instalación desmontable en la playa de Cala Mesquida y otras dos en la playa de Cala Agulla

Imagen de un chiringuito playero en cala Agulla. Biel Capó

El Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del parque natural del Llevant, que entró en vigor el pasado martes tras su publicación en el Boib, autoriza un máximo de tres chiringuitos playeros en el ámbito del parque recientemente ampliado por el Govern y establece que el horario de servicio debe ser de ocho de la mañana a ocho de la tarde, hora en la que las instalaciones deberán cerrar, entre otros requisitos de volumen y técnicas de construcción que deben respetar los locales a pie de playa.

El artículo 38 del PORN, que regula las instalaciones de temporada y otras actividades turísticas, define como «usos autorizables» en el parque natural la instalación de un chiringuito desmontable en la playa de Cala Mesquida y otros dos locales, con las mismas características, en la playa de Cala Agulla. El documento precisa que «el número de chiringuitos, sombrillas y hamacas y, en general, de servicios de temporada, no pueden superar el límite máximo establecido en la autorización vigente en materia de costas». 

También se define como «usos prohibidos» del parque natural la creación de nuevas plazas de alojamiento turístico, «a excepción de las plazas ligadas a la actividad agraria complementaria prevista en el PORN». Las edificaciones ubicadas sobre el sistema dunar también se prohíben, así como la venta ambulante.

El plan que define la gestión del parque natural advierte que a la hora de informar sobre las solicitudes de concesión o de autorización para ocupar el dominio público marítimo-terrestre el órgano gestor tendrá en cuenta la «adecuación de la actividad a los objetivos y determinaciones del PORN». Entre los aspectos a evaluar, el documento cita la adecuación de la actividad al medio, el estado y la evolución de los ecosistemas, el impacto paisajístico o la presión acumulada de los diferentes usos que soporta cada tramo de costa, entre otros.

Los tres chiringuitos autorizados por el PORN ya existen en la actualidad, aunque el citado documento marca las pautas que deben seguir para integrarse en el entorno. 

Así, las construcciones deberán ser desmontables y ubicarse a una distancia mínima de seis metros con respecto al cordón que delimita la zona de dunas. Asimismo, los chiringuitos no podrán tener terrazas y la superficie máxima será de veinte metros cuadrados. La altura total máxima no podrá sobrepasar los tres metros y medio y el material de construcción deberá ser de madera «de color claro, siguiendo criterios de integración paisajística». 

Sin altavoces

No podrán instalar altavoces ni en el interior ni en el exterior y no se permite la construcción de obras de fábrica y otros elementos fijos. En el exterior no podrá colocarse «ningún tipo de almacenamiento de residuos» a excepción de los autorizados por el parque natural y el suministro y saneamiento de agua debe hacerse utilizando depósitos estancos

Por otra parte, el suministro de energía necesaria para el funcionamiento de estos locales playeros debe ser, «necesariamente», a través de energías renovables o bien mediante una conexión a la red eléctrica, por lo que se prohíbe el uso de generadores. Además, la instalación solo podrá estar en funcionamiento entre el 1 de mayo y el 31 de octubre (ambos incluidos) y abrir únicamente entre las 8 y las 20 horas.

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