Diario de Mallorca

Diario de Mallorca

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Tribunales

La Audiencia avala la retirada de una terraza sobre la playa ordenada por Pollença en 2017

Archiva de forma definitiva la denuncia penal por presunta prevaricación que había presentado el propietario de un restaurante del Moll contra el exalcalde y el exregidor de Urbanismo por la decisión de reducir el «exceso» de ocupación de la vía pública

Imagen de la terraza cuya retirada motivó la denuncia penal ahora archivada. Junts Avançam

La sección número dos de la Audiencia Provincial de Palma ha archivado de forma definitiva, sin posibilidad de nuevos recursos, la denuncia por presunta prevaricación contra el exalcalde y el exregidor de Urbanismo del ayuntamiento de Pollença, Miquel Àngel March y Tomeu Cifre Bennàssar (ambos de Junts Avançam), respectivamente, que había presentado el propietario de un restaurante ubicado en el Moll después de que el Ayuntamiento gobernado entonces por la izquierda obligase a retirar una terraza que este local explotaba sobre la arena de la playa de Albercutx.

En un auto fechado el pasado 31 de mayo, la Audiencia Provincial desestima el recurso de alzada presentado por la empresa Café Capuchino 1919 S.L. contra un auto de julio de 2020 que también rechazó la apelación de esta misma sociedad contra la decisión judicial de marzo de 2020 de archivar de forma provisional la denuncia inicial por prevaricación contra ambos políticos.

Esta resolución adoptada por el juez instructor argumentaba que la actuación municipal denunciada por el citado restaurante «no es grosera, evidente, palmaria y no comporta ese plus de antijuricidad exigible para que el simple ilícito administrativo se torne en infracción penal». Además, añade que la conducta de los investigados (March y Cifre) no tenía la intención de perjudicar al apelante.

La propiedad del restaurante había defendido que desde 2013 la terraza ubicada sobre la playa de Albercutx se «explotaba pacíficamente» y que en 2017 el Ayuntamiento «sin motivación, aviso o justificación», se reservó la explotación preferente del lote y posteriormente lo excluyó de la licitación con la «peregrina explicación», según la empresa apelante, de que desde 2012 el restaurante venía explotando los servicios con sillas y mesas sobre la arena y no sobre el paseo como el resto de locales de restauración.

Por su parte, el Ayuntamiento alegó que su intención era la de «acabar con la ocupación excesiva o abusiva» porque se incurría en un «fraude de ley y un trato de favor respecto a otros establecimientos». Además, sostiene que el apelante fue finalmente sancionado por un exceso de ocupación. Por todo ello, la Audiencia desestima el recurso al no apreciar delito penal en la actuación municipal y limita el caso a «discrepancias de índole estrictamente administrativa».

Interés general

El exalcalde Miquel Àngel March, hoy portavoz de Junts Avançam en la oposición, ha expresado este lunes su satisfacción por el archivo de la denuncia. «El proceso pone en evidencia que la actuación del Ayuntamiento estuvo guiada por la búsqueda del interés general y la salvaguarda del espacio público», señala al mismo tiempo que lamenta que «los responsables políticos estén tan expuestos a las presiones en forma de querellas ejercidas de manera deshonesta para presionar y conseguir privilegios que en derecho no corresponden».

March explica que el equipo de gobierno que él presidía «quiso poner fin a la situación de abuso y agravio comparativo» con otros negocios del Port de Pollença y recuerda que la vía penal iniciada en el año 2018 «ya ha obtenido tres pronunciamientos contrarios a la empresa querellante» al considerar que no se ha producido ningún delito penal en la actuación municipal.

Compartir el artículo

stats