La demolición del monolito de sa Feixina está cada vez más lejos. De momento, el monumento seguirá en pie. El Tribunal Supremo acaba de inadmitir a trámite el recurso de casación presentado por la asociación Memoria de Mallorca contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears sobre la protección del monumento.

Además de dejar las cosas tal y como sentenció el TSJIB, el Supremo ha condenado a la entidad sin ánimo de lucro a pagar 2.000 euros por las costas procesales.

«Recibimos la resolución ayer y estamos estudiando un posible recurso tanto contra la decisión de proteger sa Feixina como de la condena que nos han impuesto. Somos una asociación sin ánimo de lucro que luchamos desde el voluntariado por los derechos de las víctimas del franquismo y por que los espacios sea democráticos», explica a este periódico Maria Antònia Oliver, presidenta de la asociación.

En el escrito del Supremo, al que ha tenido acceso este diario, se señala que en el recurso presentado por la entidad «no están las circunstancias legalmente establecidas para que el tribunal» se pronuncie sobre la cuestión. Y que el escrito preparatorio «padece una técnica casacional deficiente». «Parece más un tribunal examinador que un tribunal de justicia», critica la entidad.

«Se utilizan tecnicismos jurídicos para no admitir nuestro recurso. En el escrito, el Supremo no se pronuncia en ningún momento sobre la cuestión que aquí nos ocupa; es decir, si el monumento fascista merece o no la protección», protesta Oliver.

La asociación piensa en estos momentos en recurrir al Constitucional. «Es lo que tenemos en mente. Hay varias vías todavía y tenemos un mes para estudiarlo bien», apostilla. «Miraremos también si con la nueva ley de memoria democrática hay algún fleco para poder quitarle la protección al monumento», indica.

Indignación

En la entidad reina la indignación por la condena de las costas. «Nos condenan por tener la osadía de ir a los tribunales incluso cuando las administraciones de las islas también lo quieren demoler», señala.

El TSJIB confirmó a finales de mayo de 2021 la sentencia del Juzgado de lo contencioso número 3 de Palma desestimando los recursos planteados por el Consell, el Ayuntamiento de Palma y la Asociación Memòria de Mallorca, frente a la postura de la plataforma Salvem sa Feixina, que había ganado el recurso inicial en el Juzgado.

Desde el Ayuntamiento y el Consell de Mallorca se planteó el derribo del monumento, erigido durante la dictadura franquista en dedicación a las víctimas del crucero Baleares.

Tanto el consistorio palmesano como la institución supramunicipal abogaban por derribar el monumento, pero el TSJIB entendió que el monolito no vulnera la ley de memoria histórica ya que fue «descontextualizado» en 2010 por el propio Ayuntamiento eliminando toda la simbología original.