En un magnífico discurso pronunciado el 9 de enero de 2023, titulado “El Tribunal Constitucional: entre el erizo y el zorro”, el anterior presidente del Tribunal Constitucional, Pablo González-Trevijano, abordó, siguiendo un proverbio atribuido al poeta griego Arquíloco, la cuestión de si el Tribunal Constitucional en su función de intérprete supremo de la Constitución actúa como un zorro (sabe muchas cosas) o como un erizo (solo sabe de una y grande). Y concluyó que actuaba de ambas maneras: como un erizo en lo concerniente a su primigenia razón de ser, que es la preservación de la Constitución como Ley de Leyes; pero también como zorro en la medida en que vela por la convivencia democrática que presupone la coexistencia de un pluralismo de valores sociales y políticos que evolucionan con el tiempo.

Viene todo esto a cuento porque el recientemente renovado Tribunal Constitucional se ha enfrentado, o va a hacerlo en fechas muy próximas, con la posible inconstitucionalidad de ciertas leyes sobre materias calificadas como “ideológicas”, tales como el aborto, la eutanasia, la educación, el uso excesivo del Real Decreto-ley sin los requisitos de extraordinaria y urgente necesidad, y la paralización de los desahucios. Al parecer, en todos estos casos, los magistrados del Tribunal se han dividido en dos bloques: el mayoritario, mediáticamente denominado progresista, que se inclinará a favor de la constitucionalidad y el minoritario, calificado como conservador, que sostendrá lo contrario a través de votos particulares.

Es muy posible que la división de los miembros del Tribunal en bloques fijos y de signo contrario cause perplejidad entre la ciudadanía a la que le resultará extraño que asuntos de temas jurídicos tan complejos y con tantas aristas originen el enfrentamiento constante entre dos posturas homogéneas con opiniones encontradas e inamovibles. Tal vez por eso es por lo que el pueblo considera que hay una influencia determinante de la ideología en las interpretaciones jurídicas defendidas por cada uno de los bloques, lo cual invita a pensar que en el Tribunal más que justicia se está haciendo política.

Conviene tener presente, sin embargo, que el juicio de constitucionalidad es una actividad puramente técnico-jurídica y, por tanto, ésta es la perspectiva que debe primar sobre cualquier otra para valorar las actuaciones del Tribunal. Justamente por esto considero que debería recordarse también la fábula de Esopo de “el zorro y el gato” en la que “un zorro alardeaba ante un gato sobre su astucia para escaparse de sus enemigos”. El gato, en cambio, afirmaba que él solo tenía una manera, pero que le bastaba con ella. Al oír los aullidos de una manada de sabuesos que se les acercaban, el gato se apresuró a subirse a un árbol y se escondió en las ramas. "Este es mi plan" le dijo al zorro. ¿Y tú que vas a hacer? El zorro pensó primero en la manera de escabullirse y comenzó a correr, pero luego se le ocurrió otra argucia aún mejor y entonces comenzó a correr en la otra dirección. Y luego se detuvo, porque se le había ocurrido otra, todavía mejor. Mientras dudaba, los sabuesos se aproximaban más y más. Finalmente, el zorro confundido y sin saber cuál plan era el mejor, permaneció inmóvil y los sabuesos lo atraparon, poniendo punto final “a sus astutos planes”.

Esta fábula enseña que, a veces, en lugar de actuar como el gato y tomar decididamente la que parece la mejor solución, se vislumbran tantas salidas que se duda sobre cuál será la mejor y uno acaba siendo atrapado. ¿Podrá ser esto lo que le suceda a nuestro Tribunal de Garantías? El tiempo lo dirá.

Coincido con los que piensan que para formarse una opinión bien fundada sobre el espinoso tema de la actuación del actual TC conviene recordar: 1) que el legislador ordinario tiene un muy amplio margen para dar curso a sus opciones políticas; 2) que la presunción de constitucionalidad de las leyes exige una argumentación sólida para desvirtuarla, que veda impugnaciones globales carentes de una razón suficientemente fundada. 3) que al emitir el juicio sobre la constitucionalidad el Tribunal debe apreciar si la decisión adoptada es irrazonable o carente de justificación; 4) que la interpretación conforme a la Constitución no puede ser una interpretación contra legem, y mucho menos aún si se trata de la propia Constitución.

Más allá de mis convicciones personales, jurídicamente considero que teniendo en cuenta los cuatro criterios que anteceden no es irrazonable ni carente de justificación la postura de afirmar la constitucionalidad de las leyes sobre la eutanasia, la ley Celáa, y la ley sobre los desahucios. En cambio, discrepo sobre la nueva configuración del aborto como un “derecho de la mujer” y más aún si se considera como un derecho fundamental. El derecho a la vida puede ser jurídicamente compatible con la despenalización del aborto en ciertas condiciones. Pero ese derecho a la vida protege un bien de tal significación constitucional que, en mi opinión, está muy por encima del derecho a la integridad moral y a la dignidad de la mujer. Por eso se puede admitir la despenalización con límites, pero con la misma Constitución no se pueden convertir los límites de la licitud que supone la despenalización en un derecho de la mujer, el de abortar, y darle, además, el rango de fundamental.

Tampoco comparto, finalmente, que se considere constitucional recurrir “abusivamente” al Decreto-Ley. Existen dos objeciones que me parecen insalvables. No declarar la inconstitucionalidad de la citada práctica supone admitir una interpretación contra legem, nada menos que del artículo 86.1 de la propia Constitución que exige los requisitos de “extraordinaria y urgente necesidad”. La segunda es que esa práctica viciosa supone una vulneración del principio recogido en el artículo 16 de la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano de 1789, según el cual “una sociedad en la que no esté establecida la separación de los Poderes carece de Constitución”. Y es que no declarar inconstitucional la práctica abusiva de “legislar” a través de Decretos-leyes supone “borrar” de facto la separación de poderes y consentir que el Ejecutivo invada con reiteración el ámbito del poder legislativo, soslayando la soberanía popular.

*José Manuel Otero Lastres es jurista y escritor