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Antonio Papell

El aborto en Kansas

Como es bien conocido, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, de abrumadora mayoría conservadora y cuyos titulares son vitalicios, dictó el pasado 24 de junio una sentencia en el caso Dobbs v. Jackson Women’s Health Organization, una clínica de salud reproductiva de la capital de Misisipi, que anulaba el dictamen Roe v. Wade, de 1973, del propio Tribunal, que abría el camino al derecho a abortar.

En aquella sentencia, próxima a cumplir cincuenta años, la Corte Suprema de los Estados Unidos dictaminó que la Constitución de Estados Unidos, a través de una enmienda genérica, protege la libertad de una mujer embarazada para elegir abortar sin excesivas restricciones gubernamentales. Aquella sentencia provocó un debate nacional que todavía no ha concluido.

El fundamento de aquella sentencia era la ‘Cláusula del Debido Proceso’ de la Decimocuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos que, a juicio del Tribunal, proporcionaba un «derecho a la intimidad» que protege el derecho de una mujer embarazada a elegir si quiere o no abortar. Pero también dictaminó que este derecho no es absoluto, y que debe contrastarse plenamente con los intereses del gobierno en la protección de la salud de la mujer y la protección de la vida prenatal.

En definitiva, el Tribunal Supremo ha colmado de este modo un deseo vehemente de la mayor parte de los republicanos, los más conservadores, y lo ha hecho por un procedimiento que en realidad revela un fracaso del sistema: la sentencia liberadora de 1973 se dictó porque el Legislativo norteamericano no había sido capaz de promulgar una ley del aborto, como no ha sido capaz de legislar sobre la diversidad étnica, sexual, etc, y sobre otros asuntos espinosos. Y lo que el Supremo —en funciones de Tribunal Constitucional— vino a decir entonces era que el espíritu de la Constitución, y en concreto de la enmienda 14, generaba derechos, como el del aborto, que no podían ser arrebatados.

El final objetivo del reconocimiento de este derecho es una tragedia para las mujeres norteamericanas, ya que en muchos estados no tendrán posibilidad de abortar bajo control médico, ni en la sanidad pública ni en la privada. La situación genera una profunda fractura social ya que las mujeres con recursos irán fácilmente a otro estado o a otro país a realizarse la intervención con las debidas medidas de seguridad. Pero las que no dispongan de medios, o aceptarán el hijo no deseado o se procurarán un aborto clandestino, que pondrá en riesgo su vida y la del feto.

El aborto nunca es un trámite deseado; siempre es una derrota y una tragedia. Pero no parece necesario demostrar que la pugna legítima por evitarlo no consiste en la represión sino en la adopción de medidas que lo hagan innecesario. Una buena educación sexual, sin mojigaterías ni puritanismos, ayudaría mucho a evitar hijos no deseados. Asimismo, un apoyo real y decidido a las madres solteras, que con frecuencia son obsequiadas con el rechazo social de los mismos estratos políticos y culturales que pretenden impedirles abortar, contribuiría grandemente a que muchas mujeres aceptaran la descendencia, sin que ello hubiera de suponer una carga insoportable para la madre ni un infortunio anunciado para el recién nacido.

Los norteamericanos parecen haber comprendido esta argumentación, y como es conocido acaba de producirse en Kansas el primer referéndum sobre la cuestión. Kansas es un estado eminentemente conservador, y pese a ello el mantenimiento del derecho a abortar ha obtenido el 58,8% de los sufragios, por el 41,2% en contra. Una mala noticia para los republicanos cuando se acercan unas elecciones de medio mandato en las que todo indicaba que el fuerte desgaste de Biden pasaría factura a los demócratas.

En España, como es sabido, la última ley del aborto, que funciona con normalidad y sin generar disfunciones ni protestas (salvo algunos problemas en la sanidad pública por la objeción de conciencia de los médicos), está en el Tribunal Constitucional, pendiente de sentencia. Sería deseable que el dictamen fuera un ejemplo de respeto a la voluntad general y de progresismo ya que aquí, al contrario que en USA, sí se ha pronunciado a través de una ley explícita la soberanía popular.

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