Resulta casi grotesco que con la que tenemos encima estemos hablando de autorizar quemas de restos agrícolas. Pero hay que hacerlo. Llevo dos semanas que a cada reunión que asisto, alguien me pregunta por el tema de la prohibición de las quemas. Pese a lo contradictorio que les pueda parecer a muchos de ustedes, la quema de restos agrícolas, de pastos o de rastrojeras, es una práctica extendida que cumple diversas funciones, y que incluso es conveniente en estrategias como es el caso de la contención de la Xylella.

Conviene aclarar cuál es nuestra regulación actual. Entre el 1 de mayo y el 15 de octubre de cada año, se considera época de peligro de incendios forestales y rige el Decreto 125/2007 de 5 de octubre sobre uso del fuego en todas las islas Baleares. En este tiempo y con carácter general están prohibidas las quemas en terrenos forestales y en terrenos agrícolas colindantes. También está prohibida la quema de pastos y la quema de rastrojos salvo que haya autorización expresa. Solo en los terrenos agrícolas que se encuentran más allá de los 500 metros de superficies forestales se pueden solicitar quemas a la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad. No obstante, no parece muy razonable que este verano alguien pidiera esta autorización, salvo que haya algo absolutamente extraordinario. Esto es el sentido común y creo que nadie se rasgue las vestiduras por ello. Entre el 15 de octubre y el 30 de abril está prohibida la quema en los montes salvo autorización, y en los terrenos agrícolas se permitían las quemas siempre con la debida precaución.

Esta situación general ha cambiado a partir de la publicación de la Ley de 8 de abril de 2022 de residuos y suelos contaminantes para una economía circular. El artículo 27.3 de esta ley ha prohibido con carácter general la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario o silvícola con la excepción de que con ello se evite la propagación de plagas vegetales, siempre previa autorización individual, y cuando no sea posible ningún otro tratamiento. Añade que los residuos agrícolas o forestales deberán gestionarse priorizando su reciclado mediante el tratamiento biológico de la materia orgánica. Pienso sinceramente que es necesario que desde el sector agrario entendamos que hay que buscar otras formas de gestionar los restos agrarios y que el camino será otro distinto a la quema. Pero también digo claro y de forma contundente que una vez más estamos ante una ley ambiental que en este caso extiende principios de gestión de residuos al mundo agrario y forestal, sin reflexión previa, sin el contraste y conocimiento de la realidad y sin la opinión de los sectores afectados. Estoy seguro que el MITECO habrá dialogado con los gestores de plásticos, vidrio, aceites industriales o cualquier otro residuo antes de publicar esta ley. Me temo que no habrá habido interlocución alguna con el sector agrario sobre la viabilidad de esta medida o sobre la transitoriedad en su aplicación. Sé también de los inmensos problemas que está generando esta norma en casi todas las Comunidades Autónomas. En nuestro caso diré que hemos resuelto el tema dentro del marco de la ley y de forma muy razonable. Lo hemos hecho con la coordinación y comprensión de Medio Ambiente sobre la base de las dos excepciones previstas. Por una parte, la declaración de la Xylella como plaga de cuarentena y la vigencia del Plan de Contención, junto a la existencia de otras plagas oficialmente declarada. Por otra parte, sobre la realidad de que no existen equipos y plantas de tratamiento de los residuos agrícolas y forestales en casi ningún municipio de las islas. Pero es cierto que a partir de ahora, todas las quemas deberán ser solicitadas y autorizadas individualmente. En estos días saldrá la resolución publicada y el sistema de autorización que trataremos de que sea lo más sencillo posible.

Dicho todo esto y resuelto el tiempo inmediato, pensemos en futuro. La quema de cualquier materia, incluida la agrícola y forestal, libera gases efecto invernadero y esto hay que limitarlo. El sector agrario, por su propia lógica y esencia, está en las mejores condiciones para poner en práctica una economía circular y tiene que avanzar hacia ello. En el corto y medio plazo tenemos alternativas concretas. El proyecto Tanca el Cercle que impulsa el Departamento de Medio Ambiente del Consell Insular de Mallorca prevé la puesta en marcha de cinco plantas de tratamiento de restos orgánicos y la elaboración de compost que se dirige hacia una de las limitaciones que tenemos. Además, a partir de 2023 entran en vigor los ecoesquemas de la PAC, uno de los cuales precisamente consiste en incorporar los restos de poda triturados en los cultivos leñosos —olivar, viñedo, cítricos, frutales o frutos secos—. Esta práctica que ciertamente lleva trabajo, estará subvencionada en las Islas Baleares con importes que van desde los 111,63 euros/ha en tierras llanas, 168,59 euros/ha en tierras de pendiente media y 263,66 euros/ha en las de elevada pendiente. Esto es 40, 64 y 88 euros más por tramo que en la península. Finalmente, hemos incorporado en las convocatorias de subvención de inversiones agrarias, la compra de maquinaria trituradora de los restos de poda y les digo que por ejemplo, en la convocatoria del plan de frutos secos, 50 solicitudes de las 187 presentadas pidieron este tipo de maquinaria. Finalmente, no olvidemos que cada pagés, cada explotación, y cada empresa agraria, puede poner en marcha sistemas de compostaje de sus propios residuos agrarios. El tiempo que nos viene exige muchos cambios, pero quizás sean de sentido común.