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Ramón Aguiló

Escrito sin red

Ramón Aguiló

El pulso institucional

No sabemos quiénes van a resultar vencedores del pulso institucional entre PSOE y PP para dirimir la forma de elección de los veinte integrantes del Consejo General del Poder Judicial. Según el artículo 122 de la Constitución, doce entre Jueces y Magistrados en los términos de la ley orgánica del poder judicial; cuatro a propuesta del Congreso y cuatro a propuesta del Senado, por mayoría de tres quintos entre abogados y otros juristas de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio en su profesión. Tras la reforma impulsada por el PSOE en 1985, la ley orgánica del poder judicial, los doce entre jueces y magistrados, también son elegidos por Congreso y Senado con el mismo quorum de tres quintos.

El PSOE de Sánchez acusa al PP de Casado de incumplir la Constitución por no pactar la composición del Consejo. Hace pocos días, el flamante ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, acusaba al PP de ese incumplimiento. Afirmaba que ni a los políticos los eligen los políticos ni los jueces deben elegirlos los jueces; que es el Parlamento el que debe elegir a los tres poderes del Estado. Respecto al presunto incumplimiento, ni el artículo 122 de la CE ni ningún otro obliga a ningún grupo político del Congreso y el Senado a pactar nada; simplemente exige una mayoría de tres quintos en ambas cámaras. Respecto a lo segundo, es obvio que los ciudadanos no eligen a los políticos, son ellos, en las direcciones partidarias, los que presentan las listas cerradas y bloqueadas donde figuran los políticos que interesan a esas direcciones; son las cartas marcadas que se presentan a la votación de los ciudadanos. En cuanto a que los jueces no deberían ser elegidos por los jueces, sino por los ciudadanos, no es el caso de la pretensión del PSOE de continuar con el procedimiento actual. En efecto, los jueces no son nombrados por los ciudadanos, sino por los políticos presentes en Congreso y Senado. Pero si queremos una justicia que no esté politizada (en el sentido de que no esté configurada por los intereses de los partidos) y división de poderes, no quedan otras alternativas que su elección por los jueces, entendiendo sólo de mérito y prestigio profesional, o como se hacía en la Grecia clásica, por sorteo.

Hacer como indica Bolaños implica, ya que son las direcciones partidarias las que deciden las listas electorales, que son los partidos, con el interregno del voto popular, los que deciden el poder legislativo y también el ejecutivo; la consecuencia de la dependencia partidaria, es que el legislativo depende del ejecutivo, donde suele integrarse la cúpula partidaria. Si, además es el legislativo el que elige al CGPJ, su corolario es que es el partido el que elige a aquél; es decir es el ejecutivo el que determina quiénes son los presidentes del Supremo y sus salas y también de los Tribunales Superiores de las CC.AA. y Audiencias. Es decir, los políticos eligen a los jueces que van a poder juzgarlos. Se mire como se mire, y en esto tiene razón el PP, las declaraciones de Bolaños son fruto de una concepción totalitaria del poder. A saber, lo que decía Sánchez en 2014, cuando consiguió la secretaría general del PSOE: «Hay que despolitizar el CGPJ» … «Estas comodidades del bipartidismo a quien han hecho peor es al PSOE». Estar en la cumbre del poder desvanece los devaneos de la división de poderes. El presidente los quiere todos.

Es cierto que el PP es tan responsable como el PSOE de la politización de la justicia. Le queda el consuelo de que fue el PSOE el que cambió las reglas de juego. Pero es cierto que durante más de 20 años el PP se ha acomodado a los mismos intereses que determinaron la reforma de 1985 impulsada por González. Rajoy prometió cambiar las reglas en 2011. Pero como el resto de sus promesas, ésta fue olvidada tras su triunfo electoral; ni siquiera lo intentó. Después aparecieron los papeles de Bárcenas y el PP se sintió cómodo con su control de la Justicia. Es cierto que el proceso por el cual el PP ha acabado con una enmienda completa al actual status ha sido contradictorio, pasando de estar a punto del acuerdo, como con TVE, a desistir, de excusarse en la presencia de Unidas Podemos para no negociar a otros argumentos, hasta terminar plantándose en condicionar el acuerdo en el CGPJ a un pacto por escrito con el PSOE para reformar la ley orgánica del poder judicial y volver a la primera interpretación de la CE: que sean los jueces los que elijan el CGPJ. Pero que el PP se haya beneficiado de la actual interpretación, que haya presentado mil excusas diferentes para justificar su postura, que Casado no esté a la altura de las circunstancias, no empece para que pueda reconocer como error su posición en el pasado. Que el PP haya cometido este error no significa que esté obligado a eternizarlo. Si a otro Pablo una luz intensa le cegó y una fuerza invisible le derribó de su caballo al tiempo que una voz le cuchicheó «¡Saúl!¡Saúl! ¿Por qué me persigues?» y pasó de perseguir a los cristianos a, de hecho, propagar la nueva fe, ¿cómo no aceptar que esta vez sí Casado puede tener razón? La incógnita reside en si va a mantenerse en sus trece o va a rectificar otra vez presionado por un Sánchez que practica la oposición a la oposición, calificándola como la más furibunda de Europa.

Un conocido analista como Zarzalejos opinaba esta semana que el pulso sobre el CGPJ sobre el que Carlos Lesmes, su presidente, decía que estaba siendo invadido por los otros poderes, el legislativo y el ejecutivo. Zarzalejos decía que se estaba orillando el fin del régimen del 78. No es exactamente así. Con el actual pulso, si lo ganara el PP, lo que se estaría haciendo es intentar salvar el régimen del 78, ya que se estaría obstaculizando la politización de la justicia, una de las perversas consecuencias de la reforma de 1985. Pero la clave de la bóveda del régimen del 78, que no caerá hasta que se elimine, es la ley electoral proporcional de listas cerradas y bloqueadas que, junto al mandato constitucional del sistema proporcional y de la provincia como circunscripción electoral, determina que el sistema político español tenga la apariencia de una democracia formalmente impecable, cuando realmente en su funcionamiento sea una partitocracia, donde el poder reside en las cúpulas partidarias y no en los ciudadanos.

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