La Dirección General de Tráfico (DGT) siempre ha notificado las multas por correo ordinario, a través del código postal, sin embargo, desde el 1 de noviembre se ha comenzado a hacer de manera electrónica.

Esta medida solo afectará a las personas jurídicas, es decir, a las empresas. "A partir de ese momento se notificará exclusivamente de forma electrónica a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV)", especifica el portal de la DGT.

Por tanto, en el caso de ser dueño de una empresa, deberás darte de alta en el sistema dando los datos del certificado digital en vigor, un correo electrónico y un teléfono móvil. Así, cada vez el organismo deba notificar una sanción, lo hará por correo electrónico y los empresarios deberán acceder a la plataforma electrónica para conocer los detalles de la misma.

"En caso de no darse de alta, se asignará de oficio una dirección electrónica vial, donde se realizarán las notificaciones pertinentes. Recuerda que si no se comunica a la DGT un correo electrónico o teléfono móvil para este fin, no se recibirán los avisos de la puesta a disposición de las notificaciones de multas de tráfico", explican.

¿Afecta a los particulares?

Los particulares no deben preocuparse, ya que no se ven afectados por este cambio. De hecho, pueden decidir cómo recibir las comunicaciones del organismo, solo tienen que darse de alta en el buzón de Dirección Electrónica Vial e indicar si quieren continuar recibiéndolas de forma tradicional o por correo.