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Condenan a Comisiones Obreras por el despido ilegal del jefe de informática

El sindicato acusó al empleado de facilitar datos internos a un compañero - El juez condena al sindicato a pagar 24.000 euros de indemnización

Sede de CCOO en Palma. DM

El sindicato Comisiones Obreras de Balears ha sido condenado por un juez de Palma, por decidir el despido irregular de un empleado, que era el responsable informático de la entidad sindical. Un despido que se adoptó después de la tramitación de un expediente interno, que concluyó que el informático había cometido una falta muy grave por facilitar datos internos del sindicato a un trabajador de Eivissa. Le despidió sin recibir a cambio ningún tipo de indemnización económica.

Esta decisión ha sido anulada ahora por una sentencia dictada por la Sala de lo Social del TSJB, que acepta la demanda que presentó el abogado José Manuel Raya, representante del trabajador despedido. Se da la circunstancia que este empleado era a la vez responsable de los sistemas centrales informáticos de Comisiones Obreras de Balears y representante sindical de la plantilla de trabajadores del sindicato. De hecho, fue uno de los trabajadores que participó en la negociación del nuevo convenio colectivo de CC OO.

La razón por la que se le abrió un expediente interno, que terminó en el despido disciplinario, fue que se acusó al informático de vulnerar la ley de protección de datos. La dirección de la formación le acusó de haber facilitado el acceso a la sede de una persona no autorizada.

Además, se le acusó de haber permitido el fichaje digital, a través de la huella, de una trabajadora que mantenía un conflicto laboral con CC OO relacionada con el horario.

Sin embargo, los hechos más grave que se le atribuían estaban relacionado con el traspaso de información al responsable informático de la sede de Eivissa.

La sentencia declara probado que cuando al jefe informático se le comunicó la decisión disciplinaria de despedirle, este trabajador se acercó a la sede del sindicato para recoger sus pertenencias personales. Cuando salía otro trabajador le interceptó un pendrive que pretendía llevarse. En esta memoria informática aparecían los datos de muchos afiliados del sindicato, con sus nombres y su información económica. Asimismo, también aparecía en esta memoria información bancaria del propio sindicato, los informes económicos y la firma digital que utilizaba el secretario general de la formación en Balears.

El responsable acudió a los tribunales para impugnar su despido. En primera instancia perdió la demanda, pero el TSJB ha rectificado esta decisión y le da la razón al trabajador frente a CC OO. Ahora el TSJB ha considerado que el despido fue improcedente, porque interpreta que la información que se facilitó al compañero de la oficina de Ibiza no contenía datos importantes.

El tribunal ordena la readmisión del trabajador o, si no lo hace, que le indemnice con la cantidad de 24.000 euros por dicho despido improcedente.

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