Un trabajador de la empresa pública Serveis de Millora Agraria i Pesquera (Semilla), que pertenece al Govern, ha sido despedido por realizar trabajos que precisaban un esfuerzo físico, durante un periodo en el que se encontraba de baja médica, tras alegar que había sufrido una lesión en una pierna. Este despido ha sido ratificado por una sentencia del TSJB.

Este trabajador de la empresa pública, con la condición de personal laboral fijo, tenía una categoría profesional de auxiliar. Tenía encomendadas una serie de trabajos relacionados con el campo. En el mes de agosto del año 2018 obtuvo la baja médica por un diagnóstico de tendinitis en el talón de aquiles, así como una fascitis plantar. Esta situación de baja se prolongó hasta el mes de diciembre del mismo año.

Antes de que se diera de alta la empresa abrió un expediente disciplinario, que se basaba en el informe realizado por una agencia de detectives, que había realizado una vigilancia y seguimiento del trabajador. El expediente apuntaba a la comisión de una falta laboral muy grave, que justificaba el despido inmediato.

Los detectives acreditaron que mientras el trabajador estaba de baja médica se le vio realizando un trabajo en una finca particular. Estuvo arando a los mandos de un tractor. No fue un trabajo puntual, sino que se desarrolló durante varios días, en un horario muy amplio.

La empresa pública interpretó que este empleado pudo trabajar con total normalidad en su puesto de labor, sin ninguna limitación médica, al igual que hizo en el terreno particular donde fue visto por los detectives privados.

El empleado, en su defensa, alegó que la labor que desarrollaba en la finca particular nada tenía que ver con su trabajo habitual en la finca pública. Y señalaba que las lesiones que tenía en la pierna sí le impedían realizar dichas tareas para la empresa.

El tribunal ha valorado sobre todo las lesiones que alegó el trabajador para obtener la baja médica. Se trata de lesiones que precisan reposo y una total descarga de los miembros inferiores. Y es si el paciente que sufre esta dolencia no realiza el correspondiente reposo se tarda mucho más en recuperarse.

El tribunal recuerda que en los casos de bajas médicas a los empleados se les exime de la responsabilidad de trabajar. Sin embargo, el resto de sus deberes se deben cumplir, ya que de lo contrario no respetaría la fidelidad con la empresa. Y en este sentido los magistrados tienen muy claro que si un trabajador, por estar impedido, no puede realizar su labor normal, es lógico que tenga vedado cualquier otro tipo de trabajo particular. También recuerda que la forzada inactividad, justificada por la dolencia médica, le es compensada al trabajador por su empresa y por la Seguridad, a las que perjudica si se dedica a trabajar en otras funciones. Por ello, se justifica su despido.