Desde este viernes y hasta el próximo día 27 de diciembre las familias de Baleares pueden solicitar las ayudas de 200 euros para las actividades extraescolares de sus hijos para el presente curso 2022-2023. Esta es una de las medidas que fue anunciada por la presidenta Francina Armengol en el último debate de política general para ayudar a los ciudadanos a hacer frente a la inflación, dentro del plan bautizado 'Amb tu'.

El Govern subvencionará con 200 euros las cuotas de inscripción a actividades extraescolares de niños y jóvenes de entre 3 y 16 años que el curso escolar 2022-2023, cubriendo actividades de tipo deportivo, artístico, formativo o similar; las que se hayan hecho o se tengan que hacer durante el presente fuera del horario escolar; y las organizadas por una persona física o jurídica, pública o privada, con ánimo de lucro o sin. Se persigue con esta medida facilitar la conciliación familiar. La conselleria de Presidencia estima que la medida beneficiará a 25.000 hogares de las islas.

Requisito de ingresos máximos

El requisito para tener acceso a esta ayuda, una cantidad fija de 200 euros por cada niño o joven, es haber tenido durante el ejercicio de 2021 unos ingresos por debajo de los 52.800,00 euros brutos (puede obtenerse este importe sumando las casillas 435 y 460 del modelo 100 de la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas, IRPF, de 2021).

Las familias interesadas ya pueden presentar su solicitud de manera presencial, en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Por ejemplo, se puede acudir a las oficinas de registro de cualquier ayuntamiento. En el caso de Palma se puede despositar la documentación en cualquiera de las Oficinas de Atención del Ciudadano (OAC) del ayuntamiento. Incluso se puede realizar en Correos, aunque en este caso hay querealizar un pago. También puede realizarse el trámite de manera telemática a través de este enlace, pero en este caso hay que tener certificado digital o Cl@ve Permanente. Hay tiempo hasta el día 27 de diciembre.

Se requiere la siguiente documentación: solicitud y declaración responsable; libro de familia; certificado de convivencia (en el supuesto de que la persona solicitando esté empadronada en un municipio que no dispone de convenio para su comprobación telemática o que no autorice la consulta); certificado de ingresos de la unidad familiar del solicitante y, si se tercia, de la persona cónyuge; y declaración responsable de veracidad de los datos bancarios.

Puede consultarse toda la información en el BOIB de fecha 2 de diciembre, en el apartado de Anuncios.