Diario de Mallorca

Diario de Mallorca

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

El Govern remarca que la normativa laboral prevalece sobre el decreto energético de Sánchez

La legislación entró en vigor ayer a medianoche y la conselleria de Negueruela aclara las situaciones donde no se aplicará

Un establecimiento de Palma, ayer por la noche, con las luces encendidas. G. Bosch

El conseller de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, Iago Negueruela, tuvo que publicar ayer una instrucción en la que se informa de los supuestos en los que la normativa de seguridad laboral prevalece por encima del Real Decreto Ley de ahorro energético, en cuanto a la regulación de temperaturas. En los últimos días ha habido muchas peticiones de información tanto al Govern como al Gobierno porque las empresas no acaban de tener clara la aplicación del decreto, sobre todo en casos donde la actividad que se realiza tiene especificidades concretas en relación a la temperatura.

La instrucción, que ha sido redactada con el asesoramiento técnico del Instituto Balear de Seguridad y Salud Laboral (IBASSAL), recuerda que, como ya se venía aplicando hasta ahora, las condiciones ambientales de los puestos de trabajo, como es la temperatura o la humedad, están reguladas según el Real Decreto 486/1997, que establece «las disposiciones de seguridad y salud en los puestos de trabajo», como recuerda ya el propio decreto de medidas de ahorro energético que ahora entrará en vigor.

En este sentido, el Real Decreto de 1997 ya marcaba que el umbral máximo en ocupaciones no sedentarias se sitúa entre los 14 y los 25 grados, en función de la actividad y el riesgo laboral para su desarrollo. Asimismo, en los locales donde se realizan trabajos sedentarios, propios de oficinas o similares, la temperatura estará comprendida entre los 17 y los 27 grados.

Desde el Govern detallan que serán las empresas quienes, a través de sus servicios de prevención (propios o ajenos), evaluarán, en cada caso, los riesgos laborales de cada puesto de trabajo, y que determinarán, por cada puesto, actividad y área, las temperaturas adecuadas que garantizarán la seguridad y salud de las personas trabajadoras.

Según explican, la instrucción de la conselleria ejemplifica diferentes supuestos orientativos en los que será competencia de los servicios de prevención fijar los umbrales térmicos: puestos de trabajo con temperatura del aire alta (zonas de clima caluroso, durante el verano) como ocurre en las cocinas de los establecimientos turísticos, hoteles o restaurantes; puestos de trabajo con elevados niveles de humedad (lavanderías, fábricas de conserva...); tareas donde se realice una actividad física intensa como las cocinas, lavanderías, comedores de restaurantes y hoteles; puestos de trabajo con radiación térmica elevada (fábricas de ladrillos y cerámica, plantas de cemento, hornos, despachos de pan, lugares con exposición directa a la radiación solar...), donde también encajan las cocinas de los establecimientos turísticos, así como las salas de máquinas del personal técnico de mantenimiento.

Hay que recordar que representantes de la conselleria de Transición Energética se reunieron el pasado jueves con representantes del sector del Comercio para escuchar y recoger sus dudas acerca de la aplicación del decreto. En este sentido, las más importantes fueron la necesidad de aclarar qué sucedería con los establecimientos que cierran pasadas las 22 horas y la petición de más recursos para adaptar los negocios a las exigencias planteadas por el ministerio de Transición Ecológica.

Compartir el artículo

stats