Un nuevo reglamento del Govern regula el juego del bingo en Baleares. Uno de los objetivos básicos de esta norma es proteger a los colectivos más vulnerables estableciendo los mecanismos que garanticen la protección de los menores de edad y de las personas que hayan solicitado voluntariamente la no participación en el juego.

El Govern es «consciente de que el juego puede producir ludopatía, por lo cual es imprescindible que los locales de bingo dispongan de un servicio de control y admisión que exija la identificación de los jugadores y de unas líneas respetuosas y protectoras hacia estos», señalan.

Precisamente, para proteger a los menores de edad, la norma establece limitaciones respecto a la instalación de estos establecimientos de juego en la zona de influencia de los centros de enseñanza de menores de edad, zonas de ocio infantil y centros permanentes de atención a menores de edad.

El artículo 13 establece que no se puede autorizar la instalación de salas de bingo en una zona inferior a 500 metros radiales desde el límite más próximo a la edificación de los centros que imparten enseñanza.

Tampoco se puede autorizar ninguna sala de bingo a una distancia igual o inferior a 600 metros respecto de la puerta de entrada principal de otras salas de bingo ya autorizadas.

Asimismo, el artículo 24 garantiza que las salas de bingo tienen que disponer de un servicio de control y admisión a la recepción, que debe exigir la identificación de los jugadores e impedir la entrada y el juego a los menores de edad, a las personas incapacitadas legalmente o por resolución judicial firme, y a quienes voluntariamente hayan solicitado la prohibición de acceso. También se regula el bingo electrónico.