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Un juez justifica que no se dejara entrar en el colegio a niños sin mascarilla

El TSJB respalda a la dirección de un colegio de Palma que prohibió la entrada a dos hermanas que no llevaban esta protección

La sentencia dice que era obligatorio el uso de mascarilla entre los niños. G. B.

El Tribunal Superior de Justicia de Balears se ha pronunciado por primera vez sobre la decisión de la conselleria d’Educació, acordada al inicio del pasado curso, de que todos los alumnos que asistían a clase debían llevar la mascarilla sanitaria. De lo contrario se les prohibía la entrada en el centro escolar.

Los jueces han rechazado la demanda presentada por la madre de dos niñas, a las que se les prohibió que entraran en clase si se negaban a cumplir con esta obligación sanitaria. La madre denunció que se habían vulnerado los derechos fundamentales de sus hijas a acceder a la escuela, además de alegar que no se había iniciado ningún expediente administrativo que justificara la decisión del colegio.

Antes de que se iniciara el curso pasado la madre de estas dos menores ya anunció, mediante un correo electrónico dirigido a la directora del centro escolar público, que sus hijas no iban a colocarse la mascarilla. La dirección contestó con claridad y le recordó que se trataba de una obligación, acordada por el Govern, por lo que no existía la alternativa a que se prescindiera del tapabocas mientras se permanecía en el centro escolar.

La madre cumplió lo que había anunciado y el primer día llevó a sus hijas al colegio. Ninguna de ellas llevaba puesta la prenda sanitaria. En la misma puerta se le indicó a la mujer que las niñas no iban a entrar en el colegio si no se cumplía con esta orden, pero la madre insistió en su posición y tuvo que llevarse a sus hijas a casa.

Esta situación se fue repitiendo durante varios días. Las niñas acudían al colegio a primera hora de la mañana, pero a los minutos tenían que volver a su casa, porque su madre no estaba dispuesta a cumplir con la orden impuesta, como hacían el resto de los niños.

El primer día la madre presentó en el colegio dos declaraciones responsables para eximir a las menores del uso de la mascarilla. La norma solo permitía incumplir la obligación por razones médicas. Por ello, se le pidió a la madre que aportara un certificado médica que demostrara la excepción. La madre no entregó ningún documento.

La mujer, además, también denunció al colegio, señalando que no se permitió que sus hijas siguieran el inicio de las clases desde su domicilio mediante medios informáticos. Es decir, no se les facilitó el material escolar para trabajar en casa.

La inspección educativa tuvo que intervenir ante este conflicto con la madre. La Conselleria respaldó la postura de la dirección del centro, ya que existía una norma de obligado cumplimiento, que era muy clara y que indicaba que todos los alumnos de más de seis años tenían que llevar en clase la mascarilla, para evitar los contagios de la Covid.

El tribunal reconoce que es cierto que la norma que aprobó el Govern no contemplaba el inicio de ningún proceso administrativo para afrontar estas situaciones. Ello, no obstante, no suponía que se vulnerara ningún derecho fundamental.

La sentencia aplaude incluso la firmeza con la que actuó la dirección del centro escolar, que incluso llegó a denunciar la situación de absentismo que estaban sufriendo las dos alumnas, pidiendo que actuara la Policía Local de Palma.

Los jueces recuerdan en esta sentencia que la normativa sanitaria era de obligada cumplimiento, por lo que la decisión del colegio de no permitir la entrada a las niñas que no llevaran la mascarilla puesta estaba más que justificada. Los magistrados valoran de forma muy especial que la dirección del centro intentó solucionar esta situación anómala, conversando varias veces con la madre diciéndole que no llevar la mascarilla en clase no era una opción posible, porque existía una orden de la administración educativa que así lo ordenaba.

Tampoco recrimina la sentencia que no se facilitara a las dos menores el material escolar a las dos hermanas para que pudieran seguir las clases desde su domicilio. La dirección consideró que se trataba de un caso de absentismo escolar, aunque las niñas se habían presentado los primeros días a clase. Solo se facilitaba el material a los niños contagiados que debían permanecer en su casa.

Al final la madre rectificó y facilitó la mascarilla a sus hijas.

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