Baleares se despide de la mascarilla después de algo más de dos años de pandemia. El Gobierno de Pedro Sánchez aprobó un real decreto en el que se dictaba el fin de la obligatoriedad del uso de mascarilla en interiores a partir del 20 de abril.

El Govern balear celebró “el éxito social” que supone poder eliminar la obligación de los cubrebocas en interiores, gracias al respeto a las medidas de precaución y a las altas cifras de vacunación.

Sin embargo, el Ejecutivo de Francina Armengol ha decidido que el uso de mascarillas siga siendo obligatorio en el transporte público y en centros sanitarios y sociosantarios, donde hay que tener especial cuidado por las personas más vulnearables a la Covid-19.

Uso obligatorio

  • Centros de servicios y establecimientos sanitarios, por parte de las personas trabajadores, de los visitantes y de los pacientes, con excepción de las personas ingresadas cuando permanezcan en su habitación.
  • En los centros sociosanitarios, sobre todo en residencias de ancianos, para los trabajadores y los visitantes cuando estén en zonas compartidas.
  • Autobuses, trenes, taxis, aviones y en los espacios cerrados de buques y embarcaciones, cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad, salvo en los camarotes, cuando sean compartidos por núcleos de convivientes. Esta obligación del uso de mascarilla no debe mantenerse para los andenes y estaciones de viajeros.

Uso recomendado

  • Personas con una mayor vulnerabilidad en cualquier situación en la que se tenga contacto prolongado con personas a distancia menor de un metro y medio
  • En los eventos multitudinarios y deportivos, siempre que no se pueda guardar la distancia de seguridad.
  • En el entorno familiar y en reuniones o celebraciones privadas se aconseja un uso responsable en función de la vulnerabilidad de los participantes.

En general, el Govern recomienda llevar mascarilla cuando no se pueda mantener la distancia de un metro y medio, no haya mamparas de seguridad o en los espacios comunes, como por ejemplo, accesos, reuniones, baños, o áreas de descanso, entre otros.

¿Y en los colegios y centros de trabajo?

Los alumnos ya no tendrán que utilizarla en el ámbito escolar, aunque sí se recomienda a los profesores con factores de vulnerabilidad que se la pongan, al igual que otras personas con estas mismas condiciones en las que no puedan mantener 1,5 metros de distancia interpersonal.

En los centros de trabajo, serán los servicios de prevención de riesgos laborales los que lo valoren, si bien la ponencia aconseja llevarla cuando la distancia interpersonal sea inferior a 1,5 metros y no pueda garantizarse la ventilación adecuada.