El pasado 11 de febrero, justo el mismo día en que el Consell de Govern aprobó el Decreto Ley 3/2022 de medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo de Balears, siete empresas solicitaron ante el Consell de Ibiza un total de 485 plazas turísticas. El decreto contiene una moratoria que bloquea la bolsa de plazas, de manera que desde «el momento de su publicación» en el BOIB no podían ser adquiridas. El decreto mantiene la moratoria durante un plazo de cuatro años.

El Consell deberá ahora analizar todas las solicitudes y hasta el propio decreto para decidir cuáles pueden ser aceptadas, según detalla Mariano Juan, conseller ibicenco de Gestión del Territorio. Por ejemplo, deberá concretar a cuáles se dio entrada en el registro del Consell a tiempo, para lo cual será clave determinar si se considera como entrada en vigor del decreto ley todo el día 11 de febrero ( desde las 0 horas) o sólo desde el instante en que fue publicado en el BOIB. El decreto apareció en esa web a las 14 horas y 13 segundos del 11 de febrero, según especifican desde el Govern balear (a las 13 horas 7 minutos y 20 segundos según consta en los códigos de esa página web).

El decreto apareció en esa web a las 14 horas y 13 segundos del 11 de febrero, según especifican desde el Govern balear.

Según la información suministrada por el Consell, los empresarios más madrugadores presentaron sus solicitudes a las 12.15 horas y a las 12.30 horas. Hay un tercero que lo hizo a las 14 horas. Estos tres (el último depende de los segundos) podrían estar dentro del plazo horario, en el caso de que este fuera determinante. El resto de peticiones de plazas turísticas llegaron a las 18 horas, a las 19 horas, a las 20.45 horas y a las 22 horas. Juan advierte de que, además de comprobar que entraron a tiempo, deberán analizar si también son formalmente admisibles, es decir, si contienen el papeleo y la documentación requerida: «Cada solicitud debe ser correcta en plazo y forma».

405 justo a las 14 horas

La solicitud de plazas dista de cada peticionario. El que más pidió fue un hotel: 405 plazas como «ampliación». Se supone que ya existe ese alojamiento y que quizás tenga solares alrededor en los que prevea construir. Presenta las plazas, no la petición para construir el hotel. En este caso, su solicitud llegó justo a las 14 horas.

El resto quiere, como máximo, 30 plazas. Hay una solicitud de una docena como ampliación de unos apartamentos que ya tienen un total de 102 estancias; otra ampliación de otra empresa hotelera requiere 30 plazas; hay dos viviendas (una pide 12, la otra ocho plazas) interesadas; otro de los que mandaron la instancia quiere seis para un alojamiento nuevo, y otro, una docena para una casa.

Si finalmente el Consell acepta todas las peticiones, esas 485 plazas solicitadas supondrán un desembolso de 2.085.500 euros, dado que cada una tiene un precio de 4.300 euros.

En total, y si finalmente el Consell acepta todas las peticiones, esas 485 plazas solicitadas supondrán un desembolso de 2.085.500 euros, dado que cada una tiene un precio de 4.300 euros, detalla Mariano Juan. Sólo el solicitante de las 405 plazas debería abonar a la institución insular 1.741.500 euros.

Los solicitantes se dieron prisa en preparar esas peticiones. Los hoteleros pitiusos conocían el contenido del decreto ley y de la moratoria que incluía (en un documento Word titulado ‘DL Turisme_versió catalana revisada final’) desde un par de horas antes de que se aprobara (en torno a las 9 horas) en el Consell de Govern, si bien desde ese instante hasta su publicación en el BOIB transcurrieron cinco horas.

Mariano Juan señala que no se habían recibido tantas peticiones en años. De hecho, en los últimos tres ejercicios «la compra de plazas fue mínima».

El decreto ley aprobado el 11 de febrero suspende temporalmente, en Mallorca, Eivissa y Formentera (no en Menorca), la posibilidad de adquirir plazas turísticas «al organismo gestor o a la administración turística, como también el intercambio de plazas entre particulares, para el inicio de actividad turística o por la ampliación de esta» tanto para los establecimientos de alojamiento turístico como para las viviendas objeto de comercialización turística.