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IB-Salut elimina aplicar el Código Penal para sancionar a sanitarios

Desde Salud apuntan que es un Régimen Disciplinario que está todavía en elaboración, después del duro dictamen del Consell Consultiu que les decía que era inconstitucional

El IB-Salut está elaborando un Régimen Disciplinario para el Personal Estatutario de Salud. B. RAMON

El IB-Salut eliminará la posibilidad de aplicar el Código Penal del nuevo decreto que regulará el Régimen Disciplinaria del Personal Estatutario de los Servicios Sanitarios. Después del contundente dictamen del Consell Consultiu, adelantado el lunes por este periódico, el IB-Salut ha decidido rectificar y suprimir esta referencia que el alto órgano jurídico de Balears calificó de «inconstitucional» y como «prescripción esencial» su eliminación.

Desde el Servei de Salut explicaron a este periódico que los servicios jurídicos del ente público están elaborando una nueva redacción para suprimir esta referencia al Código Penal. Los dictámenes del Consultiu no son vinculantes para la aprobación de decretos o leyes, pero sí que es preceptivo solicitarlos.

En este caso, el Consultiu indicó de forma contundente, en su apartado de conclusiones, que «las observaciones contenidas en la consideración jurídica quinta con carácter esencial deberán tenerse en cuenta para poder utilizar la fórmula de acuerdo con el Consell Consultiu».

De igual modo, en el IB-Salut apuntan que el Régimen Disciplinario del Personal Estatutario es una norma que todavía está en elaboración y, por consiguiente, se pueden realizar modificaciones. En este caso escucharán las prescripciones apuntadas por el Consultiu.

El alto órgano jurídico de la Comunidad recriminaba en su dictamen al IB-Salut que en su afán sancionador incluso fuera más duro que las normas estatales sobre personal sanitario: «El Estatuto Marco del Personal Estatutario de los servicios de Salud, en su artículo 71 sobre principios de la potestad disciplinaria, ya garantiza el derecho fundamental a la legalidad de las infracciones y sanciones y reconoce las garantías previstas en el artículo 24 de la Constitución en el ámbito del procedimiento disciplinario».

Ante este apunte, el dictamen del Consell Consultiu le recriminaba al IB-Salut sus intenciones de aplicar el Código Penal en las sanciones a sanitarios: «No cabe una llamada por parte de la norma reglamentaria [el decreto del IB-Salut] a la aplicación de las normas del Código Penal».

Consultas con agentes sociales

Contrasta el duro varapalo que el Consultiu le da al IB-Salut cuando el Régimen Disciplinario que están elaborando ha sido consultado con sindicatos de enfermería y médicos, así como con los respectivos colegios oficiales. Se apunta que, tanto sindicatos como colegios oficiales, puedan presentar alegaciones al decreto que impone importantes sanciones a sanitarios y al personal estatutario de Salud por las faltas graves o muy graves.

Sanciones de hasta seis años de suspensión y traslado

El Régimen Disciplinario del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, que está elaborando el Govern, tipifica las sanciones en función de si las faltas son graves o muy graves. De esta forma establece que la suspensión de funciones, empleo y sueldo pueden ser de entre dos y seis años, así como traslados forzosos. También incluye la novedad de sancionar por demérito. En este caso fija la pérdida de varios niveles de carrera profesional en función de si la falta por demerito es considera grave o muy grave.

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