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La Fiscalía del Constitucional dice que el juez Florit vulneró derechos de los periodistas

Sostiene que el juez del caso Móviles debió permitir a los informadores personarse en la investigación sobre sus fuentes del caso Cursach

Blanca Pou y Kiko Mestre, en un acto de apoyo tras la incautación de sus móviles en 2018. | B.RAMON

La Fiscalía del Tribunal Constitucional sostiene que el juez Miguel Florit vulneró derechos fundamentales de los periodistas Kiko Mestre, de Diario de Mallorca, y Blanca Pou, de Europa Press, a quienes intervino los teléfonos móviles para intentar averiguar sus fuentes en las informaciones del Caso Cursach. El ministerio público considera que el magistrado debió permitirles personarse en la causa judicial y le acusa de no ponderar en sus resoluciones los derechos de los informadores al secreto profesional, el secreto de las comunicaciones, la intimidad personal y la protección de datos. El fiscal entiende que se vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva y solicita que se declaren nulas las resoluciones tanto de Florit como de la Audiencia de Palma que denegó a los profesionales personarse en el procedimiento.

El ministerio público ha presentado un escrito de alegaciones ante la sala primera del Tribunal Constitucional, que admitió a trámite el recurso de amparo presentado por los periodistas. La sala no revisará la sentencia de la Audiencia de Palma, ya firme, que absolvió al juez Florit, pero sí entrará en el fondo de la cuestión.

El magistrado abrió a mediados de 2018 una investigación por revelación de secretos sobre las informaciones relacionadas con el caso Cursach, la trama de corrupción policial, política y empresarial en torno al magnate mallorquín. Además de rastrear las llamadas de los periodistas, en diciembre de aquel año ordenó a la Policía la incautación y el análisis de sus teléfonos móviles y ordenadores y el registro de las redacciones de Diario de Mallorca y Europa Press para averiguar quiénes eran sus fuentes.

Tras ejecutar parcialmente esta medida y decomisar los móviles de Mestre y Pou, Florit impidió a los periodistas personarse en esa causa. Alegó que no eran ni investigados ni perjudicados en ese procedimiento, por lo que no estaban legitimados para recurrirla. La Audiencia Provincial avaló esta decisión.

Ahora, la Fiscalía del Tribunal Constitucional considera que sí debió permitirse la intervención de los periodistas. El ministerio público señala en su escrito que «la amplitud de la medida afecta por su alcance potencial a numerosas comunicaciones e información de muy diversa índoles, relacionadas con el derecho a la intimidad personal y familiar, el secreto de las comunicaciones y la protección de datos». Sostiene que «no puede olvidarse» que los recurrentes «eran periodistas» y, por tanto, afectaba también al derecho a la información y al secreto profesional para proteger a las fuentes de información. Florit no ponderó estos derechos fundamentales cuando acordó no admitir a los periodistas en la causa, argumenta el fiscal, que considera que Mestre y Pou tenían «un interés legítimo derivado de la afectación de estos derechos».

La Fiscalía afirma que las resoluciones de Florit y de la Audiencia Provincial fueron excesivamente rigurosas y no sopesaron los intereses en conflicto, esto es, el de la investigación por revelación de secretos y los derechos comprometidos de los periodistas. Por ello, solicita que se anulen las resoluciones que impidieron a los dos informadores y sus medios de comunicación personarse en el procedimiento, al entender que se vulneró su derecho a la tutela judicial efectiva.

La investigación abierta por Florit por revelación de secretos desembocó en una causa judicial contra el juez Penalva, el fiscal Miguel Ángel Subirán y varios policías, todavía abierta en el TSJB.

Una demanda de especial trascendencia por falta de doctrina

El Tribunal Constitucional admitió a trámite en diciembre pasado la demanda presentada por los dos periodistas, a través de los abogados Nicolás González Cuéllar y Javier Crespo, y destacó la «especial trascendencia constitucional» del asunto, que «plantea un problema de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina». La decisión del Constitucional, por tanto, se pronunciará sobre la posible vulneración de los derechos de los periodistas a la protección de sus fuentes y analizará el fondo de la decisión del juez Miguel Florit de incautar los teléfonos a los periodistas para averiguarlas.

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