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El TSJB avala que los residentes eurpeos hagan pactos sucesorios

Una sentencia del tribunal permite a una ciudadana francesa acogerse al derecho civil propio

El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) avala que los residentes extranjeros en las islas puedan acogerse al derecho civil propio de cada isla y recurrir a figuras como por ejemplo las herencias en vida, denominados pactos sucesorios.

En sentencia del pasado 14 de mayo, la sala Civil y Penal del TSJB presidida por el magistrado Carlos Gómez desestimó un recurso de la Abogacía del Estado contra una sentencia de la Audiencia Provincial en la que se reconocía a una residente francesa en las islas la posibilidad de dejar su herencia en vida a sus hijos franceses acogiéndose al derecho civil de Mallorca.

Más ventajoso

La sala apela al Reglamento Europeo de Sucesiones aprobado en 2015 para concluir que al no existir en España una norma de conflicto, la legislación aplicable es el derecho civil propio del territorio de residencia, en este caso de Mallorca

Con esta sentencia, se abre la puerta a que los extranjeros residentes en las islas puedan acogerse al derecho civil propio para utilizar los llamados pactos sucesorios si quieren entregar sus herencias en vida.

Cabe recordar que desde la sentencia del Supremo de 2016 que equiparó la tributación de las herencias en vida de los pactos sucesorios con la de las herencias por causa de muerte, haciendo esta opción más ventajosa fiscalmente para las herencias en vida, se han disparado los pactos sucesorios en las islas de los 30 de 2014, a 4.198 realizados el pasado 2020. 

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