Cada vez falta menos tiempo para que se acabe el plazo para presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio de 2022. En concreto, los contribuyentes que aún no lo hayan hecho tienen de plazo hasta el último día del mes de junio. Eso sí, formalizar la renta no significa que, en el caso de que salga a devolver, el dinero vaya aparecer automáticamente en la cuenta. Tampoco que, aunque el resultado sea a pagar, la aprobación de la Agencia Tributaria sea instantánea.

El trámite pasará por diversos estados antes de obtener el resultado definitivo. Las dos opciones finales son bien conocidas por todos: puede salir a pagar (en cuyo caso habrá que aportar la cantidad requerida en el plazo estipulado) o a devolver (situación en la que Hacienda reingresará al contribuyente parte de lo abonado).

Pero mientras la Agencia Tributaria comprueba cada una de las declaraciones recibidas, el estado de la devolución se irá actualizando y su situación se podrá comprobar a través de la propia web de la Agencia Tributaria. La duración de este proceso depende de múltiples factores.

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Estos son los diferentes mensajes que pueden aparecer durante el mismo:

  • "Su declaración se está tramitando". Será lo primero que veremos tras entregar la declaración de la Renta 2023. Significa que la misma ha sido recibida correctamente pero que aún no ha comenzado su comprobación.
  • "Su declaración está siendo comprobada". Una vez los técnicos comiencen a revisar nuestra declaración, el estado mostrará la nueva situación y cada vez faltará menos para obtener el resultado definitivo.
  • En caso de existir algún tipo de problema con el envío, este se reflejara con el mensaje "La declaración con el importe indicado no ha sido grabada o está en proceso. Compruebe el importe".
  • Si por el contrario esta ya ha sido aceptada y la devolución está en proceso, la situación se mostrará mediante la notificación "Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria estimándose, conforme la devolución solicitada por usted".
  • Cuando la orden para ejecutar la devolución ya haya sido emitida el proceso habrá concluido y el estado rezará "Su devolución ha sido emitida el día X/X/XXXX; si en 10 días no ha recibido el importe, acuda a la delegación/administración de la Agencia Tributaria correspondiente a su domicilio fiscal".