El pleno del Parlamento Europeo ha respaldado este martes las nuevas normas para combatir la morosidad que limitan el plazo de pago en transacciones comerciales a un máximo de 30 días, con algunas excepciones limitadas, frente a los 60 días que defiende una mayoría de 24 Estados miembro, entre ellos España.

La Eurocámara ha adoptado su posición negociadora por 459 votos a favor, 96 en contra y 54 abstenciones, aunque corresponderá al hemiciclo que surja de las próximas elecciones europeas dar continuidad al expediente y a las negociaciones con los Veintisiete.

La Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM) celebra que el Parlamento Europeo haya aprobado el Reglamento Europeo contra la Morosidad, que marcará “el fin de los plazos abusivos que minan la competitividad y viabilidad de las empresas, especialmente las pymes y autónomos, afectando su productividad y capacidad de empleo”. En opinión del presidente de la PMcM, Antoni Cañete, “supone un avance extraordinario, democrático y sin precedentes, pero nos falta todavía el broche final, que es que se apruebe definitivamente en el Triálogo, esto es, en las próximas negociaciones entre el Consejo de la Unión Europea, el Parlamento Europeo y la Comisión Europea.

Cañete ha expresado su confianza en que el Consejo de la UE no se oponga a la aprobación definitiva del reglamento, a pesar de las reticencias que despierta en países como Alemania, Francia y Holanda, donde las empresas no sufren problemas de morosidad como los que sí existen en España.

Sanciones y plazos de pago más cortos 

El nuevo reglamento será de obligado cumplimiento, por lo que todos los Estados miembros tendrán que cumplirlo una vez que se apruebe definitivamente. Según el presidente de la PMcM, la normativa “mejorará sin lugar a dudas la liquidez económica y, por ende, la viabilidad de las empresas”, porque prevé sancionar a las empresas morosas si exceden del plazo de pago general fijado en 30 días (o en 60 para casos de necesidad de periodo de certificación o en 120 días para los artículos de baja rotación).  

Además de las sanciones y de los plazos de pago fijados, en el Reglamento Europeo está previsto que haya la posibilidad de compensación de créditos con las administraciones públicas cuando se trate de contratos públicos; y que se prohíba la utilización de medios de pago que alteren las condiciones de pago.

Según los datos de la PMcM, en 2023 el plazo medio de pago del sector privado aumentó 3 días (hasta los 70 días de media), mientras que el del sector público se redujo en 12 días (hasta situarse en una media de 55 días). En ambos casos son registros que sobrepasan los plazos medios de pago establecidos por la ley española: un total de 60 días para las empresas y de 30 días para las administraciones públicas.

Contenido de la norma

El proyecto de reglamento introduce una serie de medidas para eliminar ambigüedades y lagunas jurídicas que han limitado la eficacia de la actual directiva. Para ayudar a estandarizar y mejorar la disciplina de pago de empresas y autoridades, el borrador del texto establece plazos de pago máximos más estrictos de 30 días tanto en transacciones de empresa a empresa (B2B) como de gobierno a empresa (G2B).

Sin embargo, para garantizar una mayor flexibilidad a la hora de negociar las condiciones de pago, los eurodiputados si han adoptado disposiciones para un plazo de 60 días naturales en las transacciones B2B, cuando así se acuerde expresamente en el contrato.

Además, dado que los modelos y prácticas comerciales específicos en el sector minorista a menudo requieren períodos de pago más largos debido a factores como la baja rotación de productos, la estacionalidad o los ciclos únicos de los artículos --como juguetes, joyas, equipos deportivos--, los eurodiputados proponen permitir plazos de pago de hasta 120 días en estos casos.

Las nuevas reglas tampoco se aplicarían a los pagos que contribuyan a la distribución y fabricación de libros o su impresión, encuadernación o publicación, donde las condiciones de pago se definen mediante acuerdos entre las partes interesadas.

La propuesta establece un pago automático de los intereses devengados y tasas de compensación por pagos atrasados, por lo que el deudor deberá entre 50 y 150 euros por cada transacción, dependiendo del valor, para compensar los propios costes de recuperación del acreedor.

El texto introduce también nuevas medidas de ejecución, reparación y sensibilización y fomenta el uso de herramientas electrónicas para ayudar a acortar los retrasos y la formación en materia de educación financiera para las pequeñas y medianas empresas.

Una vez al año, las autoridades contratantes, como las entidades gubernamentales, deberán presentar informes accesibles al público sobre sus prácticas de pago a la autoridad nacional de aplicación y se propone crear un Observatorio Europeo de la Morosidad para supervisar, recopilar y compartir datos sobre la morosidad y las posibles prácticas nocivas.