Los pluriempleados muchas veces se ven en una situación cómo esta. Trabajas en dos o más sitios y has tenido un problema médico o alguna enfermedad y me tengo que dar de baja durante algún tiempo. En ese caso, ¿Puedo darme de baja sólo en uno de los trabajos seguir en los demás?

La Ley General de la Seguridad Social (LGSS), en su artículo 169, establece la incapacidad temporal como el período durante el cual un trabajador se encuentra imposibilitado para desempeñar sus labores debido a una enfermedad o un accidente, independientemente de si estos están relacionados con su profesión o no.

Pero desde el punto de vista judicial no te prohíbe cobrar la baja mientras se pueda trabajar en otras empresas. La situación, así se especifíca, necesita la aprobación y el análisis de cada situación laboral con el estado de salud y el grado de incapacidad del trabajador.

Por ello, a veces se permite trabajar en un empleo y cobrar la baja en otro cuando se está ante un caso de pluriactividad, que no es igual que el pluriempleo, es decir que se encuentra en actividades laborales muy diferentes entre sí.

¿Cuánto se cobra cuando estás de baja por enfermedad común?

¿Cuánto se cobra cuando estás de baja por enfermedad común?

¿Qué se cobra por la baja temporal?

El importe de la incapacidad temporal varía según la causa que la haya originado la baja.

Normalmente, en caso de enfermedad común o accidente no laboral, es decir en el trabajo, el empleado recibirá el 60% de su contrato desde el cuarto día de la baja hasta pasados 20 días, este último también. A partir del día 21, el porcentaje aumenta al 75%del salario.

En el otro caso, es decir, si se pordujera por enfermedad profesional o accidente laboral, el trabajador recibiría el 75% de la base reguladora a partir del día siguiente al de la baja en su puesto de trabajo.