Los permisos laborales retribuidos son aquellos que permiten a los empleados ausentarse del trabajo por un tiempo determinado mientras siguen recibiendo su salario. Estos permisos pueden variar en duración y requisitos dependiendo de la legislación de cada país y del convenio colectivo aplicable. Los más comunes son los permisos por matrimonio, mudanza, fallecimiento o por la realización de exámenes, entre muchos otros.

El derecho de los empleados a ausentarse de sus puestos por causa de fuerza mayor está recogido en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores y aunque es algo que siempre genera muchas dudas, el Tribunal Supremo ha emitido, recientemente, una sentencia en la que se detallan las condiciones para disfrutar de este permiso retribuido.

Si el número de días de permiso coincide con lo estipulado en el Estatuto, se disfrutan en días laborables y los días de descanso no pueden ser suprimidos. Por lo que, a partir de ahora, el permiso empezará a contar desde el primer día hábil. Es decir, se consumirá a partir del primer día laborable

Los convenios colectivos suelen establecer un mayor número de días de permiso que el Estatuto de los Trabajadores y, en ese caso, el permiso retribuido puede comenzar en un día no laborable, ya que el convenio establece jornadas mínimas superiores a las del Estatuto.

En resumen, a partir de ahora cualquier permiso solicitado empezará a contar desde el primer día laborable, exceptuando el permiso retribuido por matrimonio, que consta de 15 días naturales.