La Inspección de Trabajo tendrá potestad para vetar un expediente de regulación de empleo (ERE) si considera que no concurren las causas que justifican el despido colectivo. Así lo han pactado vía enmiendas el Gobierno con EH Bildu para incluirlo en la nueva ley de empleo, que irá a votación la semana que viene en el Congreso. Si esta prospera, los inspectores de Trabajo recuperarán lo que se conoce como la autorización administrativa de los eres, retirada en la reforma laboral del 2012 de Mariano Rajoy. Esta medida pretende reforzar las garantías de los trabajadores y evitar que empresas echen el cierre y se vayan a producir a otros territorios porque les sale más barato en términos salariales, entre otros.

"El informe de la inspección, además de comprobar los extremos de la comunicación y el desarrollo del periodo de consultas, se pronunciará sobre la concurrencia de las causas especificadas por la empresa en la comunicación inicial, y constatará que la documentación presentada por esta se ajusta a la exigida en función de la causa concreta alegada para despedir", reza el texto de la enmienda a la que ha tenido acceso El Periódico de Catalunya, diario del mismo grupo, Prensa Ibérica, y que está firmada por el PSOE, Unidas Podemos y EH Bildu.

Recuperar algún tipo de autorización administrativa era una demanda histórica de los sindicatos que no se incluyó en la última reforma laboral, pactada con la patronal en 2021. Fue precisamente para lograr el apoyo de los empresarios que este tema se aparcó, ya que para ellos era una línea roja. Ahora, el PSOE, Unidas Podemos y EH Bildu han impulsado recuperar esta competencia para los inspectores de Trabajo. ERC y PNV apoyaron la medida, en una votación en la comisión de Trabajo celebrada este pasado lunes que se saldó con 22 votos a favor y 15 en contra.

La voluntad es que la 'policía labora', desde su neutralidad en tanto que funcionarios públicos, vele por el cumplimiento de los derechos de los trabajadores y evite que empresas cierren sin causa, únicamente porque les sale más rentable llevarse la producción a otra parte. Si concurren las causas económicas que lo justifiquen, sí podrán acometer el despido colectivo. La enmienda ha ubicado esta competencia en Inspección y no en los departamentos de trabajo de cada autonomía, con la voluntad de 'despolitizar' la decisión de si se veta o no un expediente.

Hasta el 2012 la autoridad laboral competente de cada territorio tenía un amplio margen para denegar a una empresa la posibilidad de acometer un despido colectivo. Lo que, en la mayoría de casos, acababa forzando a la compañía a alcanzar un acuerdo con los sindicatos, rebajar la cifra de afectados y mejorar las indemnizaciones de despido para el resto. El primer Gobierno de Mariano Rajoy eliminó esta potestad en su reforma laboral, ampliando el margen de maniobra de las compañías y provocando que muchas de estas acabaran cerrando eres con las indemnizaciones mínimas contempladas por ley.