La Audiencia de Barcelona ha condenado a dos años y seis meses de prisión por un delito de falsedad y otro de alzamiento de bienes a Francesc Miró Fisa, fundador de la cadena de tiendas de electrodomésticos Miró, por haber creado una "contabilidad ficticia" para aparentar "solvencia" y que los proveedores le continuaran entregando productos. De esta manera, y en la "ignorancia de la situación financiera real" de esta mercantil, las empresas suministradoras siguieron aportando mercancías por unos 70 millones de euros, ocasionando unos perjuicios por 10 millones.

La sentencia a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, diario perteneciente al mismo grupo editorial que este medio, es de conformidad, tras el acuerdo alcanzado por la defensa de Miró y de su mujer, a la que se condena a seis meses de cárcel, la fiscalía y las acusaciones, una de ellas ejercida por el abogado Jorge Navarro en nombre de la Asociación Española de Productores de Electrodoméstico (APPLIA). A través de un comunicado, esta entidad ha anunciado que "se ha opuesto frontalmente" a la suspensión de la pena y ha solicitado al tribunal "expresamente" que proceda a su cumplimiento por los "graves hechos" recogidos en la resolución. La fiscalía, en cambio, no se ha opuesto a aplicar esta medida. El encausado ha satisfecho antes del juicio 500.000 euros por los perjuicios ocasionados. Así, se le aplica las atenuantes de reparación del daño y dilaciones indebidas.

La condena se produce 11 años después de que Miró presentara un concurso de acreedores. Durante este tiempo, según la patronal del sector de los electrodomésticos, no se ha cesado en llevar hasta las últimas consecuencias las acciones de carácter penal "contra las múltiples irregularidades cometidas por Francesc Miró". La sentencia sostiene que el acusado desarrolló una contabilidad ficticia que utilizó para a una entidad bancaria para la obtención de pólizas de crédito y de otros productos financieros (servicios de confirming para que el banco pagara por anticipado las factura).

Falsa realidad

La sentencia sostiene que el acusado desarrolló una contabilidad ficticia que utilizó para a una entidad bancaria para la obtención de pólizas de crédito y de otros productos financieros (servicios de confirming para que el banco pagara por anticipado las facturas). En la evaluación de riesgos, se usó una contabilidad de la empresa "totalmente diferente" a la real, según el tribunal de la Sección. En enero del 2010 aparecía en esa "contabilidad ficticia" un patrimonio neto de 69,3 millones de euros, cuando la realidad era de 91 millones negativos. La sentencia relata, por ejemplo, que se sobrevaloraron fondos de comercios, que había deudas que no aparecían en las cuentas anuales y que se minusvaloraron las existencias. El perjuicio total por estas operaciones fue de 12 millones de euros a fecha 30 e agosto del 2011.

Asimismo, dicha contabilidad ficticia también fue usada para aparentar una situación de solvencia ante las empresas suministradoras de mercancías. Los jueces condenan, además, a Francesc Miró por alzamiento de bienes por el traspaso del 50% de su vivienda habitual a su mujer, condenada a seis meses de prisión, con la finalidad de declararse insolvente y eludir el pago de las deudas.