Paz Vega ha vencido una batalla, aunque no la guerra, a la Agencia Tributaria. La actriz está inmersa desde hace años en un largo procedimiento contra la Agencia Tributaria y la Audiencia Nacional le acaba de dar la razón en parte y le condona 560.000 euros de multa. La sentencia, del pasado 18 de noviembre, llegó solo semanas antes de que Hacienda incluyese a la actriz en la lista de grandes morosos con una deuda de tres millones de euros.

El pleito se remonta Hacienda liquidó a la actriz un acta por los IRPF de 2005 y 2006. La Agencia Tributaria le reclamó 958.329 euros a los que añadía una sanción de 560.409 euros. Paz Vega recurrió al Tribunal Económico Administrativo de Madrid que el 23 de julio de 2014 desestimó su reclamación.

Cuatro años después, en julio de 2018, la defensa de la actriz abrió un contencioso en la Audiencia Nacional. La sentencia, del pasado 18 de noviembre y que ya es pública, da la razón en parte a la actriz. El PERIÓDICO DE ESPAÑA, diario que pertenece a este grupo, Prensa Ibérica, intentó el martes, sin éxito, obtener la versión de su abogado.

Como muchos actores, presentadores de televisión, periodistas, abogados, médicos cantantes con altos ingresos, Paz Vega usaba una sociedad, Max club 69, para tributar. Así conseguía pagar menos impuestos ya que las empresas pagan un 25% de impuestos por casi hasta el 50% las rentas altas en IRPF. Era algo que durante años recomendaron los asesores fiscales pero sobre lo que Hacienda puso la lupa hace una década.

Hacienda solo acepta el uso de estas sociedades cuando no son un mero instrumento fiscal, sino que tienen medios materiales parta ejercer de productoras y abonan un salario de mercado al titular, en este caso Paz Vega. Así, por ejemplo, derrotó a Hacienda María Teresa Campos, que tenía a sus hijas empleadas en la productora.

Gastos deducibles

Pero en el caso de Paz Vega la inspección concluyó que no había medios reales además de hallar “una serie de gastos que declarados como deducibles no debieron serlo al no estar relacionados con la actividad de la entidad” y “rendimientos del trabajo obtenidos fuera de España no declarados”.

La defensa de Paz Vega alegó que “la sociedad, además de contar con los servicios de la interesada, dispone efectivamente de medios materiales y personales”. Añadía que en cualquier caso, sus impuestos estaban amparados en “una interpretación razonable de la norma” por lo que podía tener que pagar más en la renta, pero nunca con una sanción que en este caso era de medio millón de euros.

La sentencia da las cifras de lo que ingresó Paz Vega en 2005 y 2006 “con la participación directa y exclusiva de la artista de 859.387 euros y 713.711,51 euros respectivamente (derechos de imagen, reportaje y participación en una serie y en películas de la actriz)”.

La sentencia considera muy débil el planteamiento de la actriz pero también critica a Hacienda

La Audiencia Nacional no compra los argumentos de Vega porque considera que su planteamiento “es muy débil a la hora de acreditar [...] en particular que la entidad contase efectivamente con medios materiales y personales para el desarrollo de su actividad”. Y añade que “sus alegaciones son muy vagas e imprecisas [...] sin llegar a explicar de una manera mínimamente convincente por qué la sociedad disponía realmente de tales medios aportando un verdadero valor añadido”.

Eso sí, la sentencia se pone de parte de la actriz al criticar el acuerdo sancionador de Hacienda, al que señala su “falta de rigor” y que no está suficientemente fundamentada. Por eso anula el acuerdo sancionador con lo que Paz Vega le gana medio millón a Hacienda.

En 2017 la actriz habló en público sobre sus problemas con el fisco. "Eso es simplemente una deuda que obedece a una disparidad de criterios con la Agencia Tributaria y eso está en manos de los tribunales y cuando el tribunal resuelva...". El tribunal ya ha resuelto, aunque cabe recurso ante el Supremo.