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Análisis

El conflicto entre las carreras por montaña y el trail-running

Un atleta durante una prueba de trail

Finalmente, la Audiencia Nacional se ha pronunciado sobre el conflicto que mantienen las federaciones de Montañismo y Atletismo sobre las competencias de las carreras en el medio natural. La Federació Balear de Muntanyisme i Escalada presentó en 2018, junto a otras federaciones autonómicas, un contencioso administativo contra el CSD por la aceptación de la inscripción del trail-running en los estatutos de la Real Federación Española de Atletismo, ya que las federaciones de montaña veían una duplicidad y un incumplimiento de la Ley del Deporte, que en el artículo 34.1 recoge que una modalidad deportiva no puede estar inscrita en más de una federación. Y las carreras por montaña llevaban inscritas en las federaciones de montañismo desde el 2002.

La resolución de la Audiencia Nacional da una de cal y otra de arena a ambas federaciones, ya que reconoce como válida la inscripción en los estatutos de atletismo del trail-running, pero matiza que ello se debe a las diferencias entre las dos disciplinas y suscribe cuáles son esas diferencias.

Las CxM son carreras por baja, media y alta montaña que se desarrollan “hacia” la montaña o “a través” de la montaña.

Las carreras trail-running son carreras que se realizan por caminos situados en el entorno natural de la montaña pero que “en ningún caso” son carreras hacia la montaña, hacia arriba, por ser esta característica de las CxM.

A diferencia de la sentencia dictada en primera instancia por el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo nº 4, la Sala acude a la regulación nacional y llega a la conclusión de que las carreras por montaña se desarrollan en la montaña como accidente natural, lo que supone altitud y desnivel; de ahí la referencia a baja, media y alta montaña, y una cierta técnica y que las trail-running tienen la montaña únicamente como entorno natural sin que quepa en ningún caso “subir”.

Por tanto, la resolución judicial invalidaría la resolución de la Conselleria d’Afers Socials i Esports que delimitaba las CxM por sobre de los 600m (media montaña) y por debajo de esta cota las trail-running, lo que indicaba que las dos modalidades podían ser completamente iguales en sus márgenes de realización.

La FBME recuperaría en este caso las carreras por baja montaña y todas aquellas que cumplan con lo determinado por la Audiencia Nacional y la FAIB retendría las que cumplieran con la resolución de la Audiencia Nacional.

En estos momentos la pelota está sobre el tejado del CSD, que es quien puede presentar un recurso de casación en un tiempo determinado; si finalmente no se presenta, la sentencia pasará a ser firme.

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